Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063578)
Resolución de 16 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Instituto de la Juventud de Extremadura y el Ayuntamiento de Olivenza por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención para la realización de "Labores de dinamización y tareas de mantenimiento en el Espacio para la Creación Joven de dicha localidad durante los años 2022 y 2023".
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NÚMERO 233
Lunes 5 de diciembre de 2022

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pública como un elemento esencial para el desarrollo presente y futuro de la región. También
velarán por su orientación profesional, su emancipación familiar y su acceso a la vivienda.
Por su parte, el artículo 9, establece como competencias exclusivas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, entre otras, las siguientes materias: Infancia y juventud. Protección y
tutela de menores, así como Deporte. Promoción, regulación y planificación de actividades y
equipamientos deportivos y otras actividades de ocio.
En sus relaciones con otras Administraciones Públicas, la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura se rige por los principios de cooperación y colaboración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno
y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el 3.1.k de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
De acuerdo con estos principios, así como con lo dispuesto respecto a las técnicas de cooperación descritas en el artículo 140.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, se suscribe el presente Convenio que queda sujeto al régimen contenido
en los 48 y ss., de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, y los artículos 47 y ss., de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercero. Mediante Decreto del Presidente 41/2021, de 3 de diciembre, se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En virtud de este Decreto se crea la Consejería
de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo, que, según establece su artículo 3, ejercerá las
competencias en materia de mujer, derechos de personas lesbianas, gais, bisexuales, transexuales, transgéneros e intersexuales, así como en materia de juventud y las de cooperación
internacional al desarrollo anteriormente ejercidas por la Consejería de Igualdad y Portavocía.
El Decreto 139/2021, de 21 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo adscribe, en su artículo 1.2, el
Instituto de la Juventud de Extremadura a dicha Consejería.
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8.c del Decreto 45/2008, de 28 de marzo,
por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de la Juventud de Extremadura a la Presidenta
del Instituto de la Juventud de Extremadura; y de acuerdo con la Resolución de 24 de julio de
2019, de la Consejera, sobre delegación de determinadas competencias en la Secretaria General (DOE número 145, de 29 de julio), suscribe el presente Convenio la Secretaria General
de la Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo.