Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063578)
Resolución de 16 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Instituto de la Juventud de Extremadura y el Ayuntamiento de Olivenza por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención para la realización de "Labores de dinamización y tareas de mantenimiento en el Espacio para la Creación Joven de dicha localidad durante los años 2022 y 2023".
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NÚMERO 233
Lunes 5 de diciembre de 2022

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En aquellos casos en que, por la naturaleza del gasto y su periodo de liquidación, un gasto
concreto no haya podido ser pagado antes del 31 de diciembre de 2023, se admitirá el
pago realizado a la mayor brevedad posible y siempre antes del plazo de final de entrega
de la documentación justificativa establecido en la Cláusula Séptima.
3. Se consideran gastos subvencionables a los efectos de esta subvención los siguientes:
a. G
 astos del personal adscrito a la ejecución del Programa de Dinamización, incluyendo los
salarios, los costes sociales y las indemnizaciones correspondientes por razón del servicio que estén ligadas a la realización de las actividades del Programa de Dinamización.
b. G
 astos de material fungible destinado a la realización de las actividades que contiene el
Programa de Dinamización.
c. Gastos corrientes destinados al funcionamiento y mantenimiento del Espacio para la
Creación Joven de la localidad.
Sexta. Forma de pago.
1. L
 a aportación económica fijada en la cláusula anterior estará condicionada a la existencia
de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para los años 2022 y 2023, y se hará efectiva en el plazo que resulte del
sistema contable de la Junta de Extremadura, de acuerdo con el siguiente procedimiento:
2. D
 e conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el pago de la subvención se
hará efectivo de forma fraccionada, de acuerdo con la siguiente periodificación:
a. El primer pago anticipado del 50% del importe de la subvención correspondiente al año
2022 se realizará una vez recibida en el Instituto de la Juventud de Extremadura la certificación del Ayuntamiento del inicio de las labores de dinamización.
b. E
 l segundo pago anticipado, correspondiente al 50% de las cantidades subvencionadas del
año 2022 se abonará una vez presentada la documentación justificativa del cumplimiento
del destino dado al objeto de la presente subvención, en la forma establecida en la Cláusula siguiente, en una cantidad, al menos, igual al importe anticipado en el primer pago.
Esta documentación justificativa correspondiente al primer 50% deberá presentarse con
anterioridad al 15 de noviembre de 2022, en la forma establecida en el presente Convenio.
Antes del 31 de enero de 2023, el Ayuntamiento de Olivenza procederá a la entrega al
Instituto de la Juventud de Extremadura de la documentación justificativa en los términos
expuestos en la Cláusula Sexta del total de las cantidades recibidas durante el año 2022.