Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Reservas De La Biosfera. Subvenciones. (2022040200)
Decreto 136/2022, de 9 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para actuaciones en las Reservas de la Biosfera de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 233
Lunes 5 de diciembre de 2022

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la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, que realizará de oficio cuantas actuaciones sean necesarias para impulsar y ordenar
los procedimientos y elaborar las propuestas de resolución.
2. L
 a competencia para resolver los procedimientos corresponderá a la persona titular de la
Secretaría General de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, a propuesta del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas y previo informe
vinculante de la Comisión de Valoración.
3. E
 l plazo máximo para resolver las solicitudes y notificar la resolución será, en virtud de
lo establecido en el artículo 25.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad autónoma de Extremadura, de seis meses a contar desde el día siguiente a
la finalización del plazo para presentación de solicitudes. No obstante, si no se notificase
resolución expresa dentro del plazo establecido se podrá entender desestimada la solicitud
por silencio administrativo, de acuerdo con el artículo 22.5 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de subvenciones de la Comunidad autónoma de Extremadura.
Con carácter general, en virtud de lo establecido en el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las
notificaciones de los actos integrantes de los procedimientos de concesión de subvenciones
que se tramiten conforme a este decreto, excepto la resolución de concesión de ayuda, que
se realizará por comparecencia en la sede electrónica, se publicarán mediante anuncio en el
Diario Oficial de Extremadura en el que se indicarán la relación de interesados afectados y los
actos de que se trate.
Sexto. Comisión de Valoración.
1. Para la evaluación de las solicitudes, se constituye la Comisión de Valoración para cada
una de las líneas de ayuda, que estará integrada por los siguientes miembros, para las tres
líneas de ayuda previstas en el presente Decreto, nombrados por el titular de la Dirección
General de Sostenibilidad:
a) Presidente/a: Jefatura de Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas.
b) Secretario/a: Jefatura de Dirección de Programas de Áreas Protegidas.
c) Vocal: Coordinación de Espacios Naturales Protegidos.
d) Vocal: Jefatura de Sección de Educación e Información Ambiental.
e) Vocal: Jefatura de Sección de Biodiversidad.