Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Reservas De La Biosfera. Subvenciones. (2022040200)
Decreto 136/2022, de 9 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para actuaciones en las Reservas de la Biosfera de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 233
Lunes 5 de diciembre de 2022

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3. E
 stas líneas de subvención son compatibles entre sí, de forma que una misma persona o
entidad interesada podrá efectuar solicitudes de ayuda de las distintas líneas de subvención siempre que cumpla los requisitos exigidos para cada línea.
Segundo. Beneficiarias.
Podrán acceder a estas ayudas, entidades y personas que se establecen en el artículo 2 del
presente decreto.
Tercero. Procedimiento de concesión y convocatoria.
Según lo dispuesto en el artículo 8 del presente decreto, estas ayudas se concederán por el
procedimiento de concurrencia competitiva mediante convocatoria pública y de acuerdo con
los criterios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes y forma de presentación. Documentación.
1. E
 l plazo de presentación de las solicitudes será de dos meses, contados a partir del día
siguiente al de la publicación simultánea de la presente convocatoria y de su extracto en el
Diario Oficial de Extremadura.
2. Según lo establecido en el artículo 9 del presente decreto, las solicitudes se formalizarán
en el modelo oficial que figura como Anexo I del presente decreto acompañadas de la documentación requerida en el artículo 10 e irán dirigidas al Servicio de Conservación de la
Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería
para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, debiendo ser presentadas de forma electrónica a través del Registro Electrónico General de la SEDE electrónica de la Junta de Extremadura https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf sin perjuicio de
lo dispuesto en el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en lo relativo al uso de otros registros electrónicos. El modelo de solicitud y el resto de anexos se podrán descargar del nuevo
Portal Juntaex.es (actualmente y por tiempo determinado en https://beta.juntaex.es) cuya
dirección en un futuro será http://www.juntaex.es.
3. S
 olo se admitirá una solicitud y proyecto por solicitante por línea de subvención. Se atenderá, a efectos de solicitante a un NIF único por persona o entidad.
Quinto. Ordenación, instrucción y resolución del procedimiento. Plazos de resolución y
notificación.
1. De conformidad con los artículos 11 y 15 del presente decreto, la ordenación e instrucción de
los procedimientos de concesión de estas ayudas corresponde al Servicio de Conservación de