Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Reservas De La Biosfera. Subvenciones. (2022040200)
Decreto 136/2022, de 9 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para actuaciones en las Reservas de la Biosfera de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 233
Lunes 5 de diciembre de 2022



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3.3º E
 n el caso de que el solicitante no sea propietario o sea copropietario, se deberá
aportar, además:



I. Autorización expresa del propietario o del resto de copropietarios a favor de la
beneficiaria para el desarrollo de la actividad. En caso de que el propietario sea
una persona jurídica, esta autorización deberá suscribirse por el representante.



II. Copia auténtica del NIF/CIF del propietario o del resto de copropietarios, o
autorización para consultar este dato.



III. En caso de que el propietario sea una persona jurídica, acreditación de la
representación de la misma por cualquier medio válido en derecho y NIF del
representante o autorización para consultar este dato.



4º. C
 ertificación administrativa positiva expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria que acredite que el solicitante se encuentra al corriente de las
obligaciones tributarias del Estado, salvo que el solicitante autorice expresamente
a que el órgano instructor consulte esta información cumplimentando el apartado
correspondiente del modelo de solicitud que figura como anexo I.



5º. A
 creditación de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y con
la Hacienda autonómica. Conforme a lo establecido en el artículo 23.3 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, con la mera presentación de la solicitud se presumirá que
el solicitante autoriza al órgano instructor a recabar los certificados o información
a emitir por la Tesorería General de la Seguridad Social y por la Consejería competente en materia de hacienda de la Junta de Extremadura, salvo que el solicitante
expresamente manifieste su oposición a dichas consultas de oficio, cumplimentando
los apartados correspondientes del anexo I. En caso de oponerse, el solicitante deberá presentar las certificaciones administrativas positivas expedidas por el órgano
competente.



6º Acreditación de la habilitación para la ejecución de actividades de interés general
mediante la mejora de bienes y servicios públicos en beneficio de los ciudadanos o
para la gestión y gobernanza de alguna de las Reservas de la Biosfera de Extremadura cuando exista oposición expresa en el apartado correspondiente del anexo I
relativo a la solicitud de ayuda, a que sea recabado de oficio por el órgano gestor.



7º. Declaración responsable indicando que el solicitante no se encuentra incurso en las
prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de la subvención, a tenor del
artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. Ésta se formalizará en el apartado 6 del anexo I.