Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Reservas De La Biosfera. Subvenciones. (2022040200)
Decreto 136/2022, de 9 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para actuaciones en las Reservas de la Biosfera de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 233
Lunes 5 de diciembre de 2022



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2.2º Indicación exacta del espacio en el que se van a desarrollar los trabajos o actividades.



2.3.º Superficie en hectáreas efectivas de conservación que prevé la actuación.



2.4.º O
 bjetivos ambientales a los que contribuirá la actuación relativos al cumplimiento del principio de “no causar perjuicio significativo al medio ambiente
(DNSH) y el etiquetado climático y digital en cumplimiento con lo dispuesto en
el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021.



2.5.º P
 resupuesto detallado indicando las mediciones y el coste por unidades. Se
deberá tener en cuenta concretamente lo dispuesto en el artículo 4.1 del presente decreto. Se deberá indicar concretamente la parte de presupuesto a
ejecutar mediante medios propios de la beneficiaria y/o mediante terceros.



2.6.º Planificación de la ejecución de las actuaciones.



2.7.º P
 lanos de obra y/o plano de la finca con la localización de cada una de las actuaciones.



2.8.º S
 e incorporará aquella información necesaria que permita aplicar los criterios
de valoración recogidos en el artículo 13.

En el resto de los casos, se presentará una memoria descriptiva de las actuaciones,
con el siguiente contenido:


2.9.º Descripción detallada de las actividades. En el caso de cursos, talleres, charlas,
jornadas o ponencias indicar: número estimado de participantes, duración y
contenidos a impartir.



2.10.º Indicación exacta del espacio en el que se van a desarrollar los trabajos o
actividades.



2.11.º Superficie en hectáreas efectivas de conservación que prevé la actuación.



2.12.º O
 bjetivos ambientales a los que contribuirá la actuación relativos al cumplimiento del principio de “no causar perjuicio significativo al medio ambiente
(DNSH) y el etiquetado climático y digital en cumplimiento con lo dispuesto
en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
12 de febrero de 2021.