Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Reservas De La Biosfera. Subvenciones. (2022040200)
Decreto 136/2022, de 9 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para actuaciones en las Reservas de la Biosfera de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 233
Lunes 5 de diciembre de 2022

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carácter personal de los titulares de expedientes o de terceros interesados se hallan protegidos de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, pudiendo los interesados ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos que
consideren oportunos. La gestión y operativa de tramitación electrónica se ajustará en todo
caso a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales y en el Reglamento General de Protección
de Datos 2016/679 (UE) de 27 de abril de 2016.
Asimismo, podrán ser transferidos datos a otros organismos u órganos de la Administración pública sin precisar el previo consentimiento del solicitante cuando así lo prevea una
norma de derecho de la Unión Europea o una ley nacional, que determine las cesiones
como consecuencia del cumplimiento de una obligación legal, aunque se deberá informar
de este tratamiento a la persona o entidad interesada, salvo las excepciones previstas en
el artículo 14.5 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
De conformidad con el artículo 8.1 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por
la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia el solicitante hará constar, en el apartado 10 de la solicitud incluida en el anexo
I, la aceptación de la cesión de datos entre Administraciones Públicas implicadas para dar
cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación.
Cualquier cesión de datos no incluida en los supuestos indicados anteriormente, requerirá
del previo consentimiento por parte de la persona o entidad interesada al organismo u
órgano de la Administración pública que solicite la cesión de los datos por precisarlos para
el ejercicio de sus competencias.
Artículo 10. Documentación.
1. L
 a persona o entidad interesada deberá formalizar su solicitud de ayuda en los términos
previstos en el artículo 9 del presente decreto.
2. L
 a citada solicitud deberá acompañarse de copia autentica de la documentación que se expresa a continuación, atendiéndose a lo previsto en el artículo 15 del Decreto-Ley 3/2021,
de 3 de marzo:
a) Para todas las solicitudes:


1º. Documentación que acredite la identidad del solicitante según los siguientes casos:

Si el solicitante es una persona física no habrá de aportar su NIF, el cual se verificará