Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Denominación De Origen. (2022050214)
Orden de 23 de noviembre de 2022 por la que se aprueban los Estatutos de la Denominación de Origen Protegida "Aceite Villuercas Ibores Jara".
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NÚMERO 232
Viernes 2 de diciembre de 2022

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Artículo 39. Ejercicio del voto.
La votación será personal y secreta, anunciando la Presidencia su inicio con las palabras
“Empieza la votación”. Las personas con derecho a voto se acercarán una a una a la Mesa,
manifestando su nombre y apellidos. Después de examinar el personal adjunto las listas del
censo electoral, comprobando que en ellas figura el nombre de la persona votante, así como
su identidad, y anotar que se presentó a votar, el elector o electora entregará por su propia
mano la papeleta del voto introducida en un sobre. La Presidencia, a la vista del público, y tras
pronunciar el nombre de la persona depositará en la urna la papeleta mencionada, añadiendo
“Vota”.
Artículo 40. Papeletas electorales.
1. L
 as papeletas serán facilitadas por la JED a la Mesa Electoral contra el recibo firmado por
su Presidencia.
2. El formato de las papeletas será aprobado por la JED. En ningún caso las papeletas recibidas por la Presidencia de la Mesa podrán serlo en cuantía inferior al doble del censo
correspondiente.
3. En las Mesas Electorales deberá existir al menos una urna precintada por la JED, para introducir el sobre cerrado que contenga la papeleta de voto, por cada uno de los censos.
4. E
 n la papeleta de modelo oficial sólo se podrá dar el voto a las candidaturas oficialmente
registradas en tiempo y forma, anulándose aquellas papeletas en las que figuren otras
candidaturas.
Artículo 41. Cierre de la Mesa Electoral.
A las dieciocho horas la Presidencia anunciará que se va a terminar la votación y no permitirá
la entrada en el local a nadie más, preguntará si alguno de los presentes no ha votado todavía
y se admitirán los votos de los que se encuentren dentro del local. A continuación, votarán los
miembros de la Mesa y se firmarán las Actas por todos ellos.
Artículo 42. Propaganda.
Durante el tiempo que permanezcan abiertas las mesas electorales no podrá realizarse propaganda de ningún tipo a favor de candidatura alguna.
Artículo 43. Escrutinio.
1. Terminada la votación, la Presidencia de la Mesa declarará cerrada la misma y comenzará
el escrutinio, extrayendo una a una las papeletas de cada urna, leyendo en voz alta los