Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Gas. (2022063666)
Resolución de 16 de noviembre de 2022, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga a Redexis GLP, SL, autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de la "Ampliación de redes de distribución de gas licuado del petróleo (GLP) en Talavera la Real (Badajoz)". Expte.: 73/1267/22.
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NÚMERO 231
59490
Jueves 1 de diciembre de 2022
La autorización de explotación será emitida en un plazo no superior a un mes, a contar desde
la fecha presentación de la solicitud de acta de puesta en servicio, previas las comprobaciones
que se consideren pertinentes.
Séptima. Esta autorización se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros Organismos
y entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones definidas en el proyecto, así como las relacionadas, en su caso, con sus instalaciones
auxiliares y complementarias, no pudiendo el interesado iniciar la ejecución de las obras si
no dispone de todas las autorizaciones, licencias, concesiones y permisos exigidos por la legislación en vigor.
Octava. Esta autorización no concede derechos exclusivos ni se otorga en régimen de monopolio.
Novena. El incumplimiento de las condiciones recogidas en esta Resolución, por la declaración inexacta de los datos suministrados o por cualquier otra causa que desvirtúe el objeto
de la misma, podrá suponer la revocación de la presente autorización, previa instrucción del
correspondiente procedimiento.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Director General
de Industria, Energía y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en
un plazo no superior a un mes, conforme a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Badajoz, 16 de noviembre de 2022.
El Jefe de Servicio de Ordenación
Industrial, Energética y Minera,
JUAN CARLOS BUENO RECIO
59490
Jueves 1 de diciembre de 2022
La autorización de explotación será emitida en un plazo no superior a un mes, a contar desde
la fecha presentación de la solicitud de acta de puesta en servicio, previas las comprobaciones
que se consideren pertinentes.
Séptima. Esta autorización se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros Organismos
y entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones definidas en el proyecto, así como las relacionadas, en su caso, con sus instalaciones
auxiliares y complementarias, no pudiendo el interesado iniciar la ejecución de las obras si
no dispone de todas las autorizaciones, licencias, concesiones y permisos exigidos por la legislación en vigor.
Octava. Esta autorización no concede derechos exclusivos ni se otorga en régimen de monopolio.
Novena. El incumplimiento de las condiciones recogidas en esta Resolución, por la declaración inexacta de los datos suministrados o por cualquier otra causa que desvirtúe el objeto
de la misma, podrá suponer la revocación de la presente autorización, previa instrucción del
correspondiente procedimiento.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Director General
de Industria, Energía y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en
un plazo no superior a un mes, conforme a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Badajoz, 16 de noviembre de 2022.
El Jefe de Servicio de Ordenación
Industrial, Energética y Minera,
JUAN CARLOS BUENO RECIO