Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Gas. (2022063666)
Resolución de 16 de noviembre de 2022, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga a Redexis GLP, SL, autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de la "Ampliación de redes de distribución de gas licuado del petróleo (GLP) en Talavera la Real (Badajoz)". Expte.: 73/1267/22.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 231

59489

Jueves 1 de diciembre de 2022

COORDENADAS DE LA ZONA DE DISTRIBUCIÓN
REFERENCIA UTM EN HUSO 29 ETRS 89
N.º VÉRTICE

X

Y

83

692.830

4.305.721

84

692.862

4.305.757

85

693.247

4.305.757

86

693.248

4.305.846

87

692.955

4.305.859

Tercera. En un plazo no superior a un mes, a contar desde la fecha de emisión de la presente
Resolución, Redexis GLP, SL, deberá constituir una fianza de 2.143,02 €, correspondiente al 2
% del presupuesto previsto de las instalaciones (107.151,07), a favor de la Consejería para
la Transición Ecológica y Sostenibilidad, o solicitar que se proceda a la aplicación de la fianza
constituida en el procedimiento de concurrencia.
La fianza indicada deberá ser constituida en la Caja General de Depósitos de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y podrá ser devuelta, a petición del solicitante, una vez que haya
sido concedida la autorización de explotación de las instalaciones.
Cuarta. Los cruces especiales y otras afecciones a bienes de dominio público se realizarán
con las condiciones impuestas o por imponer por los Organismos competentes afectados.
Quinta. Para introducir modificaciones en las instalaciones que afecten a los datos básicos a
que se refiere la condición Segunda, la Empresa distribuidora deberá obtener previamente la
correspondiente autorización.
Sexta. El plazo de ejecución de las obras indicado en la condición Segunda, se computará a
partir de la fecha de ocupación real de los terrenos afectados.
La Empresa Distribuidora, una vez finalizadas las instalaciones y realizadas las pruebas, ensayos y verificaciones de las mismas con resultado favorable, deberá solicitar la emisión del
Acta de Puesta en Servicio, acompañando la documentación indicada en el artículo 27 del
Decreto 183/2014.