Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2022AC0088)
Acuerdo de 29 de septiembre de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal de Malpartida de Plasencia (PGM).
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NÚMERO 231
Jueves 1 de diciembre de 2022



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2.1.2.1 Aspectos generales.

Visto el contenido de la Declaración Ambiental Estratégica, los aspectos generales que
analiza sobre el Plan General Municipal son los recogidos en su capítulo f), que se resumen a continuación.


1. E
 l Plan General Municipal de Malpartida de Plasencia deberá incluir las condiciones
que recoge la declaración ambiental estratégica, así como las medidas y actuaciones
del informe de sostenibilidad ambiental, mientras no sean contradictorias con las
primeras.



2. E
 l Plan General Municipal de Malpartida de Plasencia deberá cumplir con todo lo establecido en la normativa sectorial vigente en las materias relacionadas en el artículo 9
de la Ley 9/2006: biodiversidad, población, salud humana, fauna, flora, tierra, agua,
aire, factores climáticos, bienes materiales, patrimonio cultural, incluido el patrimonio histórico, paisaje, la ordenación del territorio y el urbanismo.



3. Asimismo, se entiende que el objeto de las determinaciones es evitar afecciones sobre el
medio ambiente por ello se adoptarán las necesarias para evitar que se produzcan efectos ambientales significativos sobre los factores ambientales implicados en la evaluación.



4. E
 l Plan General Municipal de Malpartida de Plasencia deberá cumplir con todo lo establecido en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.



5. E
 l Plan General Municipal de Malpartida de Plasencia deberá cumplir con lo dispuesto
en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.



6. J unto con el Decreto 110/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la red ecológica
europea Natura 2000 en Extremadura, se han publicado los Planes de Gestión de las
áreas protegidas incluidas en dicha red. Dado que en los citados planes de gestión
se ha realizado un análisis en profundidad de estas áreas protegidas, se ha tenido en
cuenta esta información para elaborar la presente declaración ambiental estratégica.
El Plan General Municipal deberá estar en consonancia y cumplir con lo dispuesto en
el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de Monfragüe, en el Plan Director
de la Red Natura 2000, así como en los Planes de Gestión vigentes para las áreas
protegidas siguientes: ZEPA “Monfragüe y Dehesas del Entorno”, ZEC “Monfragüe” y
ZEC “Arroyos Barbaón y Calzones”.



7. L
 os crecimientos propuestos de Suelo Urbano No Consolidado se consideran ambientalmente compatibles, por todas las razones expuestas en la presente propuesta de
declaración ambiental estratégica.