Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Ferias. Ayudas. (2022AC0086)
Acuerdo de 23 de noviembre de 2022, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en las ferias de carácter internacional Salón Gourmets Madrid, Fenavin, Expofranquicia Madrid y Organic Food Iberia, para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 231
Jueves 1 de diciembre de 2022

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4. A
 simismo, recepcionada la ayuda en especie, los beneficiarios deberán acreditar mediante
justificación documental gráfica suficiente, el cumplimiento de la obligación de información
y publicidad, con la inserción de los logotipos oficiales del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y la Junta de Extremadura en los documentos entregables que se hagan a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para los programas financiados con fondos
europeos y el de la Junta de Extremadura para los programas financiados con fondos de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. D
 e igual forma, en las notificaciones de concesión de estas ayudas, se señalará que la
Unión Europea participa en la financiación de las mismas, siempre y cuando los programas
estén financiados por dichos fondos y, en su caso, se indicará la cuantía o el porcentaje de
la ayuda aportada por el instrumento comunitario correspondiente.
También se facilitará información sobre la cofinanciación o financiación total en los casos
en que esta provenga del gobierno regional, según queda especificado en la Ley 6/2011,
de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
6. L
 a percepción de la ayuda supone aceptar la inclusión de la operación y sus datos en la lista
de operaciones prevista en el artículo 115.2 del Reglamento (UE) 1303/2013, y en la Base
de Datos Nacional de Subvenciones.
7. L
 os beneficiarios de las ayudas estarán obligados a dar publicidad e identificar la participación de las Administraciones Públicas en la financiación de los proyectos y actividades subvencionables debiendo hacer constar en la documentación y publicidad de la actuación, la
participación de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura en la financiación de la actividad, y en su caso, cumplir con las medidas recogidas
en los artículos 3 y siguientes sobre medidas de identificación, información y publicidad del
Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura, así como en el Reglamento n.º 1303/2013
del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre, con arreglo a las instrucciones
dadas por el órgano gestor de las mismas. En este sentido el beneficiario deberá cumplir
las siguientes cuestiones:
a) En todas las medidas de información y comunicación que lleve a cabo, el beneficiario
deberá reconocer el apoyo de los Fondos a la operación mostrando el emblema de la
Unión, de conformidad con las características técnicas establecidas en el acto de ejecución adoptado por la Comisión con arreglo al artículo 115, apartado 4; una referencia a la Unión Europea y una referencia al Fondo FEDER, que es el que da apoyo a la
operación.