Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063458)
Resolución de 9 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Plasencia para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino "De Plasencia", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea Next-GenerationEU".
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NÚMERO 230
Miércoles 30 de noviembre de 2022

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to de la ciudad y de su área de influencia y a la capacidad de interactuar con los agentes turísticos, suponen una garantía para la viabilidad de la ejecución de la intervención planificada.
Las funciones a desarrollar por este Ente Gestor, que no tendrá personalidad jurídica y que
actuará como órgano de apoyo a la Comisión de Seguimiento, serán las de:
a) Impulsar las actuaciones del PSTD.
b) Difundir los objetivos y las actuaciones del PSTD.
c) Efectuar propuestas de actuaciones, solicitar prórroga de proyectos concretos, definir
actuaciones o justificar.
d) Procurar la coordinación del Plan con otras actuaciones que puedan llevar a cabo en la
ciudad las administraciones o entidades representadas en el convenio.
e) Deberá emplear la plataforma informática que desde el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo se ponga a disposición para la planificación, seguimiento, justificación y
evaluación del PSTD y nutrirla con los datos e información que se solicite a tal efecto.
f) Recabar la documentación precisa para la justificación de las actuaciones.
g) Cualquier otra que le asigne la Comisión de Seguimiento.
El ayuntamiento se hará cargo de los costes del personal propio de la entidad local, puestos a
disposición del PSTD; y, el personal contratado en exclusividad para la gestión de este PSTD
será asumido por el propio PSTD.
El ayuntamiento actuará con plena autonomía en el proceso de contratación del personal del
Ente Gestor, garantizándose, en todo caso, que éste ha sido seleccionado con arreglo a los
principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. No obstante, deberá dar cuenta a la
Comisión de Seguimiento de dicha contratación.
En el contrato del personal contratado deberá incluirse una cláusula en la que se haga constar
que dicha financiación cuenta con cargo a los fondos NG. Correspondiendo el pago, con cargo
a los fondos asignados recogidos en el PSTD, al Ayuntamiento de Plasencia.
El personal contratado al efecto no generará, en ningún caso, relación laboral con la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
El personal contratado para el Ente Gestor desempeñará su labor con dedicación exclusiva al
PSTD (en media jornada o jornada completa), no pudiendo realizar otras labores de gestión