Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Transformación Digital. (2022063690)
Resolución de 25 de noviembre de 2022, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo entre la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública, la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la Consejería de Educación y Empleo, para realizar la contratación de servicios de formación y certificación en tecnología de los sistemas SAP como medio de mejora de las capacidades digitales para la transformación digital de Extremadura y el incremento de la empleabilidad y asignar las funciones a los órganos intervinientes con respecto a esta contratación.
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NÚMERO 230

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Miércoles 30 de noviembre de 2022

que tengan finales
en sus de
competencias
los destinatarios
finales de estas acc
que tengan en sus competencias los destinatarios
estas acciones.
Así, la Dirección
General
de
Función
Pública
se
encargará
del
seguimiento
General de Función Pública se encargará del seguimiento de las acciones dirigidas a empleados de las accion
públicos,
la Dirección
Generalpara
de Formación
públicos, la Dirección General de Formación
Profesional
y Formación
el Empleo, Profesional
las dirigidas y Formación par
a
las
personas
desempleadas,
y
la
Dirección
de Empresa se en
a las personas desempleadas, y la Dirección General de Empresa se encargará de lasGeneral
acciones
dirigidas
a
personal
de
las
empresas,
ya
sean
directivos
o
trabajadores.
dirigidas a personal de las empresas, ya sean directivos o trabajadores.

Quinto.
La Ley
40/2015,
1 de Público,
octubre,establece
de Régimen
Jurídico del Sector
Quinto. La Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen
Jurídico
del de
Sector
en su
artículo
11
que
la
realización
de
actividades
de
carácter
artículo 11 que la realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de material o técni
los órganos
administrativos
o deser
las encomendada
entidades de Derecho
los órganos administrativos o de las entidades
de Derecho
Público podrá
a otros Público podrá s
órganos
o
entidades
de
Derecho
Público
de
la
misma
o distinta Administr
órganos o entidades de Derecho Público de la misma o distinta Administración, siempre que entre
sus
competencias
estén
esas
actividades,
por
razones
de
sus competencias estén esas actividades, por razones de eficacia o cuando no se posean los medioseficacia o cuando
técnicos idóneos para su desempeño.
técnicos idóneos para su desempeño.

La Ley 1/2002,
de 28 de febrero,
Gobierno y de la Administ
Sexto. La Ley 1/2002, de 28 de febrero,Sexto.
del Gobierno
y de la Administración
de del
la Comunidad
Autónoma
de
Extremadura,
en
su
artículo
75
regula
la figura de la enco
Autónoma de Extremadura, en su artículo 75 regula la figura de la encomienda de gestión
como
instrumento
para
el
ejercicio
de
competencia
por
instrumento para el ejercicio de competencia por los órganos de la Administración de los
la órganos de
Comunidad
Autónoma,
estableciendo
en
sus
apartados
Comunidad Autónoma, estableciendo en sus apartados 3 y 4 que para la encomienda a órganos3 y 4 que para l
pertenecientes
o dependientes
de diferente
Consejería
será precisa la aut
pertenecientes o dependientes de diferente
Consejería será
precisa la autorización
por
el Consejo
de
Gobierno,
y
servirá
de
instrumento
de
formalización,
de Gobierno, y servirá de instrumento de formalización, la resolución o acuerdo que la autorice. la resolución o ac
En virtud de lo anterior, suscriben el siguiente
En virtud de lo anterior, suscriben el siguiente
ACUERDO
CLÁUSULAS

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

Primera. Objeto.

ACUERDO

El presentelasAcuerdo
tieneenpor
las condiciones en la
El presente Acuerdo tiene por objeto establecer
condiciones
lasobjeto
que laestablecer
Vicepresidencia
Primera
y
Consejería
de
Hacienda
y
Administración
Pública y la Consejerí
Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública y la Consejería de Educación y Empleo
encomiendan
a
la
Consejería
de
Economía,
Ciencia
y
Digital la rea
encomiendan a la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital la realización de actividadesAgenda
de
carácter
material
o
técnico
de
su
competencia,
en
el
marco
de
lo dispues
carácter material o técnico de su competencia, en el marco de lo dispuesto en el artículo 11 de la
Ley
40/2015,
de
1
de
octubre,
de
Régimen
Jurídico
del
Sector
Público,
ye
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el artículo 75 de la Ley
1/2002,
de
28
de
febrero,
del
Gobierno
y
de
la
Administración
de
la
C
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura,
por
razones
de
eficacia
y
por
no
disponer
de
los
medios
t
Extremadura, por razones de eficacia y por no disponer de los medios técnicos idóneos para su
desempeño.
desempeño.
Segunda. Naturaleza jurídica.

Segunda. Naturaleza jurídica.

El presente acuerdo
naturaleza
administrativa,
rigiéndose en su ap
El presente acuerdo tiene naturaleza administrativa,
rigiéndosetiene
en su
aplicación
e interpretación
por
su
propio
contenido
y
por
las
normas
administrativas
por su propio contenido y por las normas administrativas que le sirven de fundamento jurídico, que le sirven
especialmente
la LeyJurídico
40/2015,
1 de octubre,
de como
Régimen Jurídico del
especialmente la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen
deldeSector
Público, así
por
la
Ley
1/2002,
de
28
de
febrero,
del
Gobierno
y de la Administr
por la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma
de
Extremadura,
sin
perjuicio
de
las
demás
normas
legales y r
Autónoma de Extremadura, sin perjuicio de las demás normas legales y reglamentarias, vigentes y
aplicables.
Las
controversias
que
puedan
surgir
en
la
interpretación
de lo
aplicables. Las controversias que puedan surgir en la interpretación de lo acordado en el presente
acuerdo
de
encomienda
de
gestión
o
de
las
normas
aplicables
al
mismo,
q
acuerdo de encomienda de gestión o de las normas aplicables al mismo, que serán resueltas en el
seno
de
la
Comisión
de
Seguimiento.
seno de la Comisión de Seguimiento.

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