Presidencia De La Junta. Medidas. (2022010005)
Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos.
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NÚMERO 229
Martes 29 de noviembre de 2022

58818

BASES Y TIPOS DE GRAVAMEN O TARIFAS: Las bases y tipo de gravamen o tarifa de esta tasa
son las que se detallan a continuación:
1. Cuando se realice la inspección para un solo grupo de ensayos o campo de actuación declarados ................................................................................................... 300,10 €
2. Por cada grupo de ensayo o campo de actuación más declarados que se inspeccione en el
mismo acto administrativo .......................................................................... 150,06 €
EXENCIONES Y BONIFICACIONES:
Se establece la exención de la tasa para aquellos laboratorios dependientes de administraciones públicas, sus organismos autónomos, universidades y otros centros de formación que
realicen la actividad de control de calidad de edificación y obra pública sin ánimo de lucro y/o
carácter investigador o innovador.
Disposición adicional primera. Regulación del bono social térmico en la Comunidad
Autónoma de Extremadura en desarrollo de lo establecido en el Real Decreto-ley
15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la
protección de los consumidores.
1. En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura la gestión, resolución y pago
de la ayuda del Bono Social Térmico establecida mediante el Real Decreto-Ley 15/2018,
de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los
consumidores, se regula por lo previsto en la presente disposición y en el mencionado Real
Decreto-Ley.
En ausencia de previsión expresa, se estará a lo dispuesto en la normativa básica del
Estado, en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, en las demás leyes aprobadas por la Asamblea de Extremadura, en las
disposiciones administrativas que desarrollen estas leyes y en las restantes normas de
derecho administrativo y en su defecto de derecho privado.
2. La gestión, resolución y pago de la ayuda del Bono Social Térmico en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura corresponde al Consorcio Agencia Extremeña de la
Energía, AGENEX.
3. C
 on el único fin de poder determinar el importe de la ayuda del Bono Social Térmico en la
Comunidad Autónoma de Extremadura y proceder a su pago, los Comercializadores de Referencia deberán remitir al Consorcio Agencia Extremeña de la Energía, AGENEX, antes del
15 de enero de cada año, un listado de aquellos de sus clientes que hayan sido beneficiarios