Presidencia De La Junta. Medidas. (2022010005)
Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos.
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NÚMERO 229
Martes 29 de noviembre de 2022

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2. L
 a aplicación del régimen de exenciones y bonificaciones requerirá el cumplimiento de los
requisitos establecidos por parte del sujeto pasivo, en el momento de presentación de la
solicitud de participación en los procedimientos de evaluación y acreditación de competencias profesionales por la vía de la experiencia profesional y la formación no forma.
Artículo 50. Tasa por inspección y registro inicial de laboratorios de ensayos para el
control de calidad de la edificación y entidades de control de calidad de la edificación.
Se modifica el apartado de bases y tipos de gravamen o tarifas y se crea una exención en la
tasa por inspección y registro inicial de laboratorios de ensayos para el control de calidad de
la edificación y entidades de control de calidad de la edificación, dentro del Anexo “TASAS DE
LA CONSEJERÍA DE VIVIENDA, URBANISMO Y TRANSPORTES”, en la actualidad, CONSEJERÍA
DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA de la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, sobre Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que tendrá la siguiente
redacción:
BASES Y TIPOS DE GRAVAMEN O TARIFAS: Las bases y tipo de gravamen o tarifa de esta tasa
son las que se detallan a continuación:
1. Cuando se realice la inspección y el registro inicial para un solo grupo de ensayos o campo
de actuación declarados ............................................................................ 514,06 €
2. Por cada grupo de ensayo o campo de actuación más declarados que se registre o inspeccione en el mismo acto administrativo ......................................................... 257,13 €
EXENCIONES Y BONIFICACIONES:
Se establece la exención de la tasa para aquellos laboratorios dependientes de administraciones públicas, sus organismos autónomos, universidades y otros centros de formación que
realicen la actividad de control de calidad de edificación y obra pública sin ánimo de lucro y/o
carácter investigador o innovador.
Artículo 51. Tasa por inspección de laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación y entidades de control de calidad de la edificación.
Se modifica el apartado de bases y tipos de gravamen o tarifas y se crea una exención en la
tasa por inspección de laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación y
entidades de control de calidad de la edificación, dentro del Anexo “TASAS DE LA CONSEJERÍA
DE VIVIENDA, URBANISMO Y TRANSPORTES”, en la actualidad, CONSEJERÍA DE MOVILIDAD,
TRANSPORTE Y VIVIENDA de la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, sobre Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que tendrá la siguiente redacción: