Presidencia De La Junta. Medidas. (2022010005)
Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos.
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NÚMERO 229
Martes 29 de noviembre de 2022



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1ª. Tanto la representación del entorno, como los posibles círculos a trazar, se realizarán en proyección sobre plano horizontal y nunca en dimensión real sobre la superficie del terreno.



2ª. L
 os círculos que, incluyendo la edificación a autorizar, se tracen con objeto de verificar el cumplimiento de lo previsto en este apartado, tendrán como única condición
geométrica la dimensión del radio igual a 150 metros, pudiendo tener su centro en
cualquier punto del plano horizontal.



3ª. L
 os conjuntos de edificaciones situados en una misma parcela que integren una
única unidad de producción se computarán como un único elemento, cuando éstas
compartan titularidad y uso urbanístico.



4ª. S
 erán computables a estos efectos las edificaciones de uso residencial, salvo los
residenciales autónomos vinculados conforme a lo previsto en el artículo 67.3.b de
esta Ley.



5ª. N
 o serán computables las edificaciones destinadas a usos vinculados a la naturaleza del suelo rústico que, por su índole, superficie de implantación, ubicación del
recurso a explotar o de la infraestructura a la que dan servicio, deban emplazarse
en suelo rústico, y comprenderán a estos efectos los siguientes:



— Uso agropecuario: explotación agropecuaria, forestal, cinegética, piscícola o análoga, conforme o independiente a la naturaleza del terreno, incluyendo los núcleos zoológicos, la cría de caracoles, insectos u otros animales.



— Extracción de recursos mineros: explotaciones a cielo abierto, sin transformación, almacenaje o venta.



— Instalaciones de producción de energías renovables: que utilicen la energía del
sol o el viento, incluyendo las construcciones y edificaciones complementarias.



— Estaciones de servicio: incluyendo las construcciones y edificaciones complementarias, como marquesinas para surtidores de combustible y recarga eléctrica,
casetas, pequeñas tiendas, instalaciones para lavado de coches, gasocentros, y
otras que complementen a la estación de servicio.



— Plantas de carbón: realización de hornos para la producción de carbón vegetal y
naves de almacenamiento de la propia producción.



6ª. N
 o se computarán las edificaciones de uso dotacional público que, por su índole o
superficie de implantación, deban emplazarse en suelo rústico.