Universidad De Extremadura. Registro Telemático. (2022063653)
Resolución de 11 de noviembre de 2022, del Rector, por la que se ejecuta el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Reglamento del Registro Electrónico General de la Universidad de Extremadura.
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NÚMERO 228
Lunes 28 de noviembre de 2022

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6. L
 ocalización de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro.
a) Rectorado de Badajoz.
b) Rectorado y campus de Cáceres.
c) Centro Universitario de Mérida, Secretaría administrativa.
d) Centro Universitario de Plasencia, Secretaría administrativa.
La dirección postal de estas oficinas se mantendrá actualizada en la sede electrónica.
7. F
 orman parte también del sistema de registro las Unidades Tramitadoras, que serán las
destinatarias de la documentación, realizarán asientos de salida oficiales, tanto a órganos
como a ciudadanos y gestionarán su registro interno de entrada/salida.
Artículo 7. Puntos de asistencia específicos en materia de registro.
1. C
 uando las necesidades del servicio así lo aconsejen, la Secretaría General podrá acordar
la creación de puntos de asistencia específicos en materia de registro, que dependerán, a
efectos del presente reglamento, de alguna de las oficinas de asistencia, y estarán sujetos
a sus mismos principios y normas de funcionamiento.
2. L
 os puntos de asistencia específicos estarán vinculados a determinadas unidades administrativas o, en su caso, a procedimientos concretos, de modo que la atención prestada en
ellos se circunscribirá a la documentación relativa a tales unidades o procedimientos.
3. L
 os puntos de asistencia específicos en materia de registro podrán ubicarse en la sede de
la unidad administrativa a la que presten servicio.
4. L
 a creación, modificación o supresión de los puntos de asistencia específicos, así como su
vinculación con las unidades administrativas o procedimientos a los que sirvan se establecerán por resolución de la Secretaría General.
TÍTULO II
Presentación de documentos, cómputo de plazos y calendario oficial.
Artículo 8. Tiempo de acceso al Registro Electrónico General.
1. E
 l Registro Electrónico General de la UEX permitirá la presentación electrónica de documentos todos los días del año durante las veinticuatro horas y se regirá a efectos de cómputo
de los plazos, por la fecha y hora oficial de la sede electrónica de la UEX, que deberá contar
con las medidas de seguridad necesarias para garantizar su integridad y figurar de modo
accesible y visible.