Universidad De Extremadura. Registro Telemático. (2022063653)
Resolución de 11 de noviembre de 2022, del Rector, por la que se ejecuta el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Reglamento del Registro Electrónico General de la Universidad de Extremadura.
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NÚMERO 228
Lunes 28 de noviembre de 2022

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3. E
 l Registro electrónico general de la UEX será plenamente interoperable, de modo que
se garantice su compatibilidad informática e interconexión con los de las restantes Administraciones Públicas, así como la transmisión telemática de los asientos registrales y los
documentos que se presenten en cualquiera de los registros
4. E
 l Registro electrónico general depende de la Secretaría General de la Universidad, a la que
queda adscrito.
Artículo 4. Requerimientos técnicos mínimos necesarios para el acceso y la utilización del Registro Electrónico de la Universidad de Extremadura.
En la Sede Electrónica de la UEX se mantendrá una lista actualizada de los requerimientos
técnicos mínimos necesarios para el acceso y la utilización del Registro Electrónico, así como
el formato de los documentos electrónicos admisibles.
Artículo 5. Medios de identificación y autenticación admitidos por el Registro Electrónico de la Universidad de Extremadura.
Los sistemas de identificación y autenticación a través de la firma electrónica admitidos por la
UEX serán los que marque la normativa vigente.
Artículo 6. Oficinas de Asistencia en Materia de Registro (OAMR).
La Oficina de asistencia en materia de registros tendrá la consideración de órgano administrativo integrado en la estructura orgánica de la UEx, dependiendo jerárquicamente de la Secretaría General. La Oficina de asistencia en materia de registros ejercerá, de conformidad con la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en cumplimiento supletorio de lo previsto en el artículo 40.3 del Reglamento
de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, las siguientes funciones:
1. E
 xistirá una oficina principal de asistencia en materia de registros, que contará con uno o
más puntos de asistencia.
2. P
 or resolución de la Secretaría General de la UEX podrán crearse, modificarse o suprimirse
otras oficinas de asistencia, que tendrán la consideración de auxiliares con respecto a la
oficina principal, cada una de las cuales contará con uno o más puntos de asistencia.
3. L
 os funcionarios destinados en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro estarán
habilitados para la identificación y autorización de representantes y para la expedición de
copias auténticas, en los términos previstos en la legislación vigente.