Universidad De Extremadura. Registro Telemático. (2022063653)
Resolución de 11 de noviembre de 2022, del Rector, por la que se ejecuta el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Reglamento del Registro Electrónico General de la Universidad de Extremadura.
15 páginas totales
Página
NÚMERO 228
Lunes 28 de noviembre de 2022

58564

3. L
 a herramienta informática que dé servicio al Registro electrónico general de la UEX incluirá, además de los libros oficiales de registro de entrada y salida, los de registro interno en
cada unidad administrativa que conforman el catálogo de Unidades Tramitadoras de esta
Universidad, con la finalidad de que en cada una de ellas quede debida constancia de las
comunicaciones internas que se realicen.
Artículo 14. Condiciones técnicas de los documentos a efectos de su presentación en el
Registro electrónico general y causas de posible rechazo de los documentos admisibles.
1. L
 as condiciones técnicas de los documentos a efectos de su presentación en el Registro electrónico general de la UEX se publicarán en la sede electrónica para conocimiento general.
2. E
 l interesado en un procedimiento de la UEX en el caso de error técnico en la incorporación de documentos, podrá subsanarlo mediante la presentación al día hábil siguiente, en
soporte físico, del documento de que se trate en las Oficinas de Asistencia en Materia de
Registro de la UEX para su digitalización e incorporación al expediente. La subsanación
exigirá, en todo caso, acreditación documental suficiente, a criterio de la Universidad, de
la existencia del error técnico y en ningún caso podrá aplicarse en procedimientos de concurrencia competitiva.
3. S
 e podrán rechazar los documentos electrónicos en los supuestos contemplados en la legislación vigente.
Artículo 15. Ampliación de plazos por interrupción del servicio por incidencias técnicas.
Cuando una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o
aplicación que corresponda la Universidad podrá determinar una ampliación de los plazos no
vencidos en los procedimientos de la UEX, debiendo publicar en la sede electrónica tanto la
incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
TÍTULO III
Identificación, Firma Electrónica y Representación.
Artículo 16. Identificación y firma electrónica.
1. P
 ara el uso de medios de identificación y firma se estará a lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo Común y en lo establecido en la legislación e instrucciones que
resulten aplicables.
2. S
 i alguno de los interesados no obligados a relacionarse electrónicamente con la Universidad no dispone de los medios electrónicos necesarios, su identificación o firma electrónica