Ayuntamiento De Castuera. Oferta De Empleo Público. (2022081923)
Resolución de 11 de noviembre de 2022 sobre el recurso contra la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal 2022.
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Viernes 25 de noviembre de 2022

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excedencia la pérdida de la plaza ganada; que a la vista de las características de la excedencia
causada y su fecha, considera claro que la plaza que dice ganada en 2004 no puede en ningún
caso ofertarse a estabilización por concurso, en primer lugar por no encontrarse vacante y en
segundo lugar porque, en cualquier caso, no sería anterior al 1 de enero de 2016; finalmente
solicita la anulación de la Oferta extraordinaria de Empleo Público para la estabilización de
empleo temporal y que le sea facilitado el expediente.
En la Oferta de Empleo Público publicada en los diarios oficiales, efectivamente, no se individualizan las plazas ofertadas ni se indica si el procedimiento selectivo mediante el cual se
ofertan es el concurso-oposición o el concurso.
La relación laboral que vincula a D.ª Encarnación Balsera Gómez con el Ayuntamiento de Castuera ha devenido en una relación de “indefinida no fija”.
La relación laboral que vincula a D.ª Julia González García con el Ayuntamiento de Castuera
ha devenido en una relación de “indefinida no fija”.
La relación de plazas individualizada para la Oferta Extraordinaria de Empleo Público, con inclusión del sistema de selección de personal a emplear y si son plazas encuadradas en el articulado
general de la MURTEP o en su Disposición Adicional sexta, es la que se aparece en el Anexo I.
A estos antecedentes de hecho les son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. A la resolución de estos recursos les son de especial aplicación las siguientes
normas:
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (en adelante, LPAC).
• Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. (en adelante, EBEP).
• Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. (en adelante, ET).
• Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. (en adelante MURTEP).
Segundo. En primer lugar, debe aclararse que las plazas se ofertan en virtud del artículo 2 de
la MURTEP, que indica que “incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro