Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sistemas Agroforestales. Subvenciones. (2022040172)
Decreto 113/2022, de 31 de agosto, por el que se regula el régimen de subvenciones destinadas al establecimiento y mantenimiento de sistemas agroforestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura y aprobación de la primera convocatoria.
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NÚMERO 227
Viernes 25 de noviembre de 2022
Puntuación criterio 3 =
∑[Valor recinto* importe subvención recinto]
∑importe subvención recinto
donde:
Valor recinto: Son los puntos asignados a un recinto según se encuentre incluida en un plan
especial de un instrumento de gestión forestal y que además cuente con certificación FSC o
PEFC, aprobado o presentado antes de cada convocatoria de subvención.
Este criterio tiene una puntuación máxima de 15 puntos.
- Criterio 4. Solicitantes o recintos no subvencionados.
Su puntuación se determina en función de si los solicitantes o los recintos solicitados han sido o
no objeto de subvención acogida a los decretos 22/2013 de 5 de marzo; 51/2017, de 18 de abril
y 9/2018, de 30 de enero.
Las solicitudes efectuadas por solicitantes que hayan sido beneficiarios de subvención acogida
a los decretos 22/2013 de 5 de marzo; 51/2017, de 18 de abril y 9/2018, de 30 de enero, obtendrán 0
puntos. Para el resto de solicitudes la puntuación se hará de la siguiente forma:
Actuaciones solicitadas en recintos que hayan sido objeto de
subvención ...................................................................................................... 0 puntos,
Actuaciones solicitadas en recintos no subvencionados .............................. 10 puntos.
-
A los efectos de puntuar este criterio, se considerarán recintos subvencionados, aquellos que
aparecen en la base de datos de gestión de las subvenciones con resolución estimatoria firme.
Cuando se dé la circunstancia que en la solicitud se incluyan recintos con diferentes situaciones,
su cálculo se realizará aplicando la media ponderada por la superficie.
Puntuación criterio 4 =
∑[Valor recinto subvencionado* superficie recinto]
∑ superficie recinto
La fórmula se aplicará para cada recinto tantas veces como actuaciones se soliciten en él.
donde:
Valor recinto subvencionado: Es el valor asignado al recinto. Será de 10 puntos cuando la
actuación solicitada se encuentra en un recinto no subvencionado y de 0 puntos en el caso
contrario.
58192
Viernes 25 de noviembre de 2022
Puntuación criterio 3 =
∑[Valor recinto* importe subvención recinto]
∑importe subvención recinto
donde:
Valor recinto: Son los puntos asignados a un recinto según se encuentre incluida en un plan
especial de un instrumento de gestión forestal y que además cuente con certificación FSC o
PEFC, aprobado o presentado antes de cada convocatoria de subvención.
Este criterio tiene una puntuación máxima de 15 puntos.
- Criterio 4. Solicitantes o recintos no subvencionados.
Su puntuación se determina en función de si los solicitantes o los recintos solicitados han sido o
no objeto de subvención acogida a los decretos 22/2013 de 5 de marzo; 51/2017, de 18 de abril
y 9/2018, de 30 de enero.
Las solicitudes efectuadas por solicitantes que hayan sido beneficiarios de subvención acogida
a los decretos 22/2013 de 5 de marzo; 51/2017, de 18 de abril y 9/2018, de 30 de enero, obtendrán 0
puntos. Para el resto de solicitudes la puntuación se hará de la siguiente forma:
Actuaciones solicitadas en recintos que hayan sido objeto de
subvención ...................................................................................................... 0 puntos,
Actuaciones solicitadas en recintos no subvencionados .............................. 10 puntos.
-
A los efectos de puntuar este criterio, se considerarán recintos subvencionados, aquellos que
aparecen en la base de datos de gestión de las subvenciones con resolución estimatoria firme.
Cuando se dé la circunstancia que en la solicitud se incluyan recintos con diferentes situaciones,
su cálculo se realizará aplicando la media ponderada por la superficie.
Puntuación criterio 4 =
∑[Valor recinto subvencionado* superficie recinto]
∑ superficie recinto
La fórmula se aplicará para cada recinto tantas veces como actuaciones se soliciten en él.
donde:
Valor recinto subvencionado: Es el valor asignado al recinto. Será de 10 puntos cuando la
actuación solicitada se encuentra en un recinto no subvencionado y de 0 puntos en el caso
contrario.
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