Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sistemas Agroforestales. Subvenciones. (2022040172)
Decreto 113/2022, de 31 de agosto, por el que se regula el régimen de subvenciones destinadas al establecimiento y mantenimiento de sistemas agroforestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura y aprobación de la primera convocatoria.
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NÚMERO 227
Viernes 25 de noviembre de 2022

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III. Documento de aceptación de la subvención para integrantes de la lista de reserva.
IV. Solicitud de modificación de la resolución estimatoria de concesión.
V. Solicitud de prórroga del plazo de realización de las actuaciones.
VI. C
 omunicación relativa a la intención de iniciar las actuaciones antes de producirse la
resolución del procedimiento.
VII. C
 omunicación de eventualidades o alteraciones que impidan el cumplimiento de la
finalidad perseguida.
Disposición transitoria única. Procedimientos ya iniciados.
El presente decreto solo resultará de aplicación a los procedimientos de concesión de subvenciones que se inicien después de su entrada en vigor. Las solicitudes de ayudas presentadas
al amparo de la normativa anterior continuarán rigiéndose por la misma.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas aquellas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en este decreto.
Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo.
Se faculta a la persona titular de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio para dictar cuantas disposiciones resulten necesarias para el cumplimiento, desarrollo
y ejecución del presente decreto.
Disposición final segunda. Normativa aplicable.
Las subvenciones a que se refieren este decreto se regularán, además de por lo dispuesto en
esta norma, por la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, y normativa de desarrollo; por los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por
el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
Asimismo, en relación con el procedimiento administrativo, en lo no previsto por las normas
referidas, se aplicará lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás disposiciones básicas del
Estado.