Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063408)
Resolución de 9 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Alange para intensificar, mejorar y promocionar las modalidades deportivas de piragüismo y remo, así como la práctica deportiva general en la localidad de Alange.
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NÚMERO 226
Jueves 24 de noviembre de 2022

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CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA,
TURISMO Y DEPORTES DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y EL AYUNTAMIENTO
DE ALANGE PARA INTENSIFICAR, MEJORAR Y PROMOCIONAR
LAS MODALIDADES DEPORTIVAS DE PIRAGÜISMO Y REMO, ASÍ COMO LA
PRÁCTICA DEPORTIVA GENERAL EN LA LOCALIDAD DE ALANGE.
4 de noviembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, D. Pedro Alvarado Rodríguez, Secretario General de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura, nombrado a través de Decreto del Presidente
79/2019, de 23 de julio (DOE n.º 142, de 24 de julio de 2019), actuando en nombre y representación de la Junta de Extremadura, en virtud de las competencias que atribuye el artículo
53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, a la Consejera de Cultura, Turismo y Deportes y de la delegación
de competencias de ésta a la Secretaría General mediante Resolución de 26 de julio de 2019
(DOE núm. 146, de 30 de julio).
Y de otra parte, D.ª María Julia Gutiérrez Dios que interviene en nombre y representación del
Excmo. Ayuntamiento de Alange, en su condición de Alcaldesa-Presidenta (Acuerdo de Pleno
extraordinario del Ayuntamiento de Alange de 15 de junio de 2019), en el ejercicio de las
competencias que reconoce al municipio el artículo 25.2.l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local y de las que le atribuyen el artículo 124.1 de la
misma norma y el artículo 41, párrafos 1 y 12, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986,
de 28 de noviembre.
Ambas partes, actuando en su respectiva representación, se reconocen recíprocamente capacidad y legitimación para suscribir el presente convenio de colaboración y, a tal efecto,
MANIFIESTAN
Primero. El artículo 43.3 de la Constitución Española establece la obligación de los poderes públicos de fomentar la educación sanitaria, la educación física y el deporte, y facilitar
una adecuada utilización del ocio. Por su parte, el artículo 9.1.46 del Estatuto de Autonomía
de Extremadura, incluye entre las competencias exclusivas de la Comunidad Autónoma de
Extremadura el deporte, así como la promoción, regulación y planificación de actividades y
equipamientos deportivos y otras actividades de ocio.
En desarrollo de este mandato estatutario, la Ley 2/1995, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura, su artículo 5, atribuye a los poderes públicos de la Comunidad Autónoma de Ex-