Universidad De Extremadura. Concurso De Méritos. (2022063611)
Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Gerencia, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes de personal funcionario de Administración y Servicios (puestos base).
18 páginas totales
Página
NÚMERO 226
Jueves 24 de noviembre de 2022

57774

4.3. P
 or pertenecer a cuerpo o Escala funcionarial del Subgrupo superior de los que esté
adscrito el puesto de trabajo convocado: 1 punto.
5. Méritos referidos a la conciliación de la vida familiar y laboral (1 punto):
El destino previo del cónyuge empleado público, o pareja de hecho inscrita legalmente, funcionario o laboral fijo, obtenido mediante convocatoria pública en el municipio donde radique
el puesto o puestos de trabajo solicitados, así como quienes acrediten razones de guarda legal
de menores, atención a personas mayores o personas con discapacidad, cuidado directo de un
familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o personas convivientes con el
empleado público, se valorará con un punto, siempre que se acceda desde municipio distinto.
Puntuación mínima:
Quinta. No se tendrán en cuenta las solicitudes de aquellos candidatos que no alcancen la
puntuación mínima de 0,15 puntos.
Acreditación de los méritos alegados:
Sexta.
1. L
 os requisitos y méritos a que hace referencia la base cuarta, puntos 2 y 4, deberán ser
acreditados mediante certificado expedido al efecto por la unidad competente en cada caso
en materia de personal, o mediante certificación del Registro Central de Personal.
2. L
 os cursos a los que hace referencia el punto 3 de la base cuarta deberán acreditarse
mediante fotocopia del diploma, certificación de asistencia y/o certificación de aprovechamiento, expedido por los Centros mencionados, o su inscripción en el Registro Central de
Personal.
3. L
 os concursantes que proceden de la situación de suspenso acompañarán a su solicitud
documentación acreditativa de la terminación del período de suspensión.
4. L
 a acreditación del destino del cónyuge o pareja de hecho se hará mediante la aportación
de fotocopia del libro de familia o documento de inscripción en el Registro de Parejas de
Hecho o equivalente que acredite la relación entre el solicitante o el cónyuge o pareja. Asimismo, se aportará certificación de la unidad de personal correspondiente que acredite la
localidad del destino del cónyuge o pareja de hecho, el puesto de trabajo que desempeña
y la forma de obtención del mismo.