Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2022063581)
Resolución de 25 de octubre de 2022, de la Dirección General de Planificación y Evaluación de Políticas Activas de Empleo, de concesión de ayudas solicitadas al amparo del Decreto 144/2021, de 21 de diciembre, por el que se regula el Programa "Un autónomo-Un empleo" destinado a la contratación por cuenta ajena de una persona desempleada por parte de una persona trabajadora autónoma, se establecen las bases reguladoras de las ayudas y se aprueba la primera convocatoria del Programa I (DOE de 13 de enero de 2022. Núm. 8).
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NÚMERO 226
Jueves 24 de noviembre de 2022
58043
RESOLUCIÓN:
Primero. Conceder a las personas trabajadoras autónomas relacionadas en el Anexo adjunto
a la presente resolución, disponible en la dirección
https://extremaduratrabaja.juntaex.es/descargar.php?modulo=documentos&file=3408
las
subvenciones que en el mismo se especifican, con expresión de la cuantía y persona beneficiaria, por un importe total de 1.313.625 €, para un total de 78 personas beneficiarias.
Segundo. Las personas beneficiarias de la subvención vendrán obligadas a:
— Mantenerse en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
ininterrumpidamente como mínimo desde la presentación de la oferta de empleo hasta
la finalización del contrato, inicial o de sustitución, objeto de subvención.
— Mantener la contratación objeto de la subvención durante un periodo mínimo de quince
meses, contados a partir de la fecha de inicio de la contratación.
— Mantener la jornada a tiempo completo, así como el grupo de cotización por el que se
otorgó la subvención, durante todo el periodo de contratación. Se admite la reducción
de jornada en los casos del artículo 24.4.
— Mantener a la persona trabajadora en códigos de cuenta de cotización adscritos a la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Informar a la persona trabajadora cuyo contrato sea objeto de subvención y, en su caso,
a la representación legal de las mismas, de dicha circunstancia.
— Facilitar cuantos datos e información, en cuestiones relacionadas con las subvenciones
solicitadas o concedidas, les sean requeridos por el Servicio Extremeño Público de Empleo.
— Comunicar en los plazos establecidos en esta norma, o en su defecto en un plazo
máximo de quince días, cualquier incidencia y/o variación que pudieran afectar a los
requisitos necesarios para la consecución de la subvención o al cumplimiento de las
obligaciones establecidas.
— Someterse a las actuaciones de comprobación y control de la ayuda ordenadas por órganos competentes autonómicos, nacionales o internacionales.
— Comunicar la obtención de otras ayudas para la misma finalidad, procedente de cualquier Administración, ente público o privado, nacional o internacional, así como cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda,
Jueves 24 de noviembre de 2022
58043
RESOLUCIÓN:
Primero. Conceder a las personas trabajadoras autónomas relacionadas en el Anexo adjunto
a la presente resolución, disponible en la dirección
https://extremaduratrabaja.juntaex.es/descargar.php?modulo=documentos&file=3408
las
subvenciones que en el mismo se especifican, con expresión de la cuantía y persona beneficiaria, por un importe total de 1.313.625 €, para un total de 78 personas beneficiarias.
Segundo. Las personas beneficiarias de la subvención vendrán obligadas a:
— Mantenerse en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
ininterrumpidamente como mínimo desde la presentación de la oferta de empleo hasta
la finalización del contrato, inicial o de sustitución, objeto de subvención.
— Mantener la contratación objeto de la subvención durante un periodo mínimo de quince
meses, contados a partir de la fecha de inicio de la contratación.
— Mantener la jornada a tiempo completo, así como el grupo de cotización por el que se
otorgó la subvención, durante todo el periodo de contratación. Se admite la reducción
de jornada en los casos del artículo 24.4.
— Mantener a la persona trabajadora en códigos de cuenta de cotización adscritos a la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Informar a la persona trabajadora cuyo contrato sea objeto de subvención y, en su caso,
a la representación legal de las mismas, de dicha circunstancia.
— Facilitar cuantos datos e información, en cuestiones relacionadas con las subvenciones
solicitadas o concedidas, les sean requeridos por el Servicio Extremeño Público de Empleo.
— Comunicar en los plazos establecidos en esta norma, o en su defecto en un plazo
máximo de quince días, cualquier incidencia y/o variación que pudieran afectar a los
requisitos necesarios para la consecución de la subvención o al cumplimiento de las
obligaciones establecidas.
— Someterse a las actuaciones de comprobación y control de la ayuda ordenadas por órganos competentes autonómicos, nacionales o internacionales.
— Comunicar la obtención de otras ayudas para la misma finalidad, procedente de cualquier Administración, ente público o privado, nacional o internacional, así como cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda,