Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Ganadería. Ayudas. (2022063349)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas a la mejora en bioseguridad de las explotaciones ganaderas extensivas de las especies bovina y/o caprina de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el año 2022.
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NÚMERO 226
Jueves 24 de noviembre de 2022

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salvo que conste en el procedimiento la oposición expresa de las personas o entidades solicitantes. En concreto, se consultarán los datos que seguidamente se relacionan:
a) Datos de identidad personal.
b) Cumplimiento de las obligaciones con la Hacienda Estatal, con Hacienda Autonómica y
con la Seguridad Social.
3. E
 n caso de no autorizar u oponerse a la consulta de oficio, la persona solicitante deberá
aportar los siguientes documentos junto con la solicitud:
a) Fotocopia del NIF para acreditar la identidad personal.
b) Certificado de estar al corriente de pago con la Administración Tributaria, la Tesorería
General de la Seguridad Social y la Hacienda autonómica para acreditación de deudas.
4. En todo caso, cuando la solicitante sea una persona jurídica, junto con la solicitud deberá
aportar copia de los estatutos de constitución, documento de representación, NIF del representante y NIF de la persona jurídica, salvo que se acoja al derecho establecido por el
en el apartado 3 del artículo 23 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo en este caso la Administración actuante la
que recabe de oficio los mismos, siempre que estos ya obren en poder de cualquier Administración, haciendo constar a estos efectos la fecha y el órgano o dependencia administrativa en que fueron presentados, y siempre que no haya transcurrido más de cinco años
desde finalización del procedimiento al que correspondan. Excepcionalmente, si no pudiera
recabarlos, el órgano instructor podrá solicitar a la interesada su aportación.
5. En el caso de entidades sin personalidad jurídica, a excepción de las explotaciones de titularidad compartida, habrá de:
a) Aportarse copia de la escritura pública de constitución o documento privado de constitución elevado a público;
b) Hacerse constar expresamente en la solicitud los compromisos de ejecución asumidos
por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por
cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios;
c) Otorgarse poder por fedatario público en favor de un representante o apoderado único
de la entidad, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la entidad, incluida la suscripción del compromiso al que se refiere
la letra d);