Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063530)
Resolución de 9 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de centro de gestión de residuos, cuya promotora es Recuperaciones Correa Ramos, CB, en el término municipal de Cáceres. Expte.: IA21/1376.
15 páginas totales
Página
NÚMERO 225
Miércoles 23 de noviembre de 2022

57622

— Paisaje.
La instalación se sitúa en un polígono industrial de terrenos llanos y totalmente consolidados. El paisaje circundante de la zona de implantación del proyecto, al igual que
en el resto de la unidad paisajística, se caracteriza por la presencia de más actividades
industrial. Por tanto la afección al paisaje no es significativa.
— Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
El impacto sobre la calidad del aire es mínimo, dado que la valorización es un simple
almacenamiento, lo mismo que el ruido y la contaminación lumínica. Por tanto, la afección a estos factores no es significativa.
— Patrimonio arqueológico y dominio público.
Conforme al informe de 11 de febrero de 2022, de la Dirección General de Bibliotecas,
Archivos y Patrimonio Cultural, en el que se informa que dicho proyecto no presenta
incidencias sobre el patrimonio arqueológico conocido.
— Medio socioeconómico.
El impacto para este medio es positivo por la generación de empleo y de la actividad
económica. Esto contribuirá a fijar población en el entorno de la instalación, que en
Extremadura tiene una importancia vital. En cuanto a la actividad económica se verá
beneficiada por la recaudación de impuestos (Impuesto sobre los Bienes Inmuebles,
Impuesto sobre la Actividad Económica, Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones
y Obras). La población se verá beneficiada por la creación de empleo y la mejora de
la economía, lo que contribuirá a asentar la propia población e incrementará la renta
media.
— Sinergias.


No se contempla sinergia alguna con el proyecto en cuestión.



• Vulnerabilidad del proyecto.

La promotora incluye “Análisis de Vulnerabilidad del Proyecto” en el Documento Ambiental, de conformidad con lo estipulado en la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por
la que se modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en
el que se analizan accidentes y catástrofes naturales, estableciéndose medias para
aplicar en su caso.