Universidad De Extremadura. Concurso De Méritos. (2022063567)
Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Gerencia, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puesto de trabajo vacante de personal funcionario de Administración y Servicios (Jefatura de Coordinación de Proyectos).
20 páginas totales
Página
NÚMERO 225
Miércoles 23 de noviembre de 2022

57447

finalización de presentación de solicitudes, y su resultado se publicará en el Diario Oficial de
Extremadura. En la resolución se expresará el puesto de origen del interesado al que se le adjudique destino, con indicación de la Administración Pública de procedencia, localidad, grupo,
nivel y grado, así como su situación administrativa cuando sea distinta de la de servicio activo.
2. La resolución del concurso se motivará con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria, que vinculan por igual a la Administración
y a los participantes. En todo caso, deberán quedar acreditadas en el procedimiento, como
fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos de los candidatos.
3. La resolución se hará pública en el Diario Oficial de Extremadura.
Toma de posesión
Décima. 1. El plazo de posesión del destino obtenido será de tres días hábiles si no implica
cambio de residencia o de diez días hábiles si comporta cambio de residencia, que deberá
justificarse.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que
deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución
del concurso en el Diario Oficial de Extremadura.
Si la adjudicación del puesto comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá computarse desde dicha publicación, y será de tres días hábiles, a reserva
de que el reingreso comporte cambio de residencia, en cuyo caso será de diez días hábiles.
2. El Rector de la Universidad, a propuesta del Gerente, podrá diferir el cese, por necesidades
del servicio, hasta tres meses.
3. E
 l cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen las vacaciones, los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos al interesado, salvo que por causas
justificadas excepcional y debidamente motivadas por el órgano competente, se acuerde
suspender el disfrute de los mismos.
Asimismo, en el caso de que la persona afectada se encuentre en la situación de servicios
especiales, el cómputo de los plazos posesorios se iniciará a partir de la fecha de reingreso al servicio activo. A todos los efectos, el plazo posesorio se considerará como de
servicio activo en el nuevo puesto, y siempre que no se incumpla por causa imputable al
interesado.