Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063379)
Resolución de 7 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y el Centro Asociado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Plasencia para el desarrollo de las prácticas académicas de las titulaciones de grado y posgrado.
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NÚMERO 225
Miércoles 23 de noviembre de 2022

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El presente convenio podrá resolverse anticipadamente por cualquiera de las causas de resolución establecidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Décima. Modificación del convenio.
El presente convenio solo podrá ser modificado por mutuo acuerdo de las partes cuando resulte
necesario para la mejor realización de su objeto, mediante acuerdo de modificación del mismo,
suscrito por representantes debidamente autorizados de ambas partes.
Undécima. Protección de datos de carácter personal.
De conformidad con lo establecido la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos
y por el que se deroga la Directiva 94/46/CE; los datos personales de contacto que puedan ser
facilitados entre ambas partes serán tratados, en calidad de responsable del tratamiento, por la
universidad nacional de educación a distancia (UNED) de Plasencia y en calidad de encargado del
tratamiento a la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura
Una vez que finalice el presente acuerdo, el encargado devolverá al responsable o en su caso,
destruirá, los datos de carácter personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez acabada la prestación.
La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la gestión del convenio suscrito en
el cuerpo del presente escrito. En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios.
El encargado y todo su personal guardarán la confidencialidad y mantendrán el deber de secreto
respecto a los datos de carácter personal a los que hayan tenido acceso en virtud del presente
encargo, incluso después de que finalice el mismo.
El encargado mantendrá las medidas de seguridad que garanticen la protección de los datos y
con carácter periódico (y también siempre que haya cambios relevantes en su infraestructura de
software y hardware) realizará una evaluación de riesgos en materia de seguridad de la información, de la que se derivarán la implantación de mecanismos adecuados a los riesgos detectados
tal y como se describe en el artículo 32 del RGPD y en el Esquema Nacional de Seguridad.
“El encargado no comunicará los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del responsable”.
“El encargado notificará al responsable, sin dilación indebida, y en cualquier caso antes del
plazo máximo de 24 horas, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo