Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Información Pública. (2022063497)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Consejera, por la que se aprueba el expediente de información pública y, definitivamente, el proyecto de Trazado de la "Ronda Sur de Badajoz. Tramo II: EX-310 - EX-107".
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NÚMERO 224
Martes 22 de noviembre de 2022

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Tercero. La competencia para la aprobación definitiva de los estudios y proyectos de carreteras, cuando el expediente haya sido sometido a información pública, corresponde al Ministro
de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, según dispone el artículo 32.3 del Real
Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, citado.
En el mismo sentido, el artículo 35.1 del citado texto legal establece que “La aprobación del
expediente de información pública corresponde al Ministro de Obras Públicas, Transportes y
Medio Ambiente”.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dichas competencias en la actualidad corresponden a la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda, en virtud del Decreto
167/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de esta Consejería.
Por cuanto antecede, de conformidad con los antecedentes fácticos y jurídicos expuestos y
con el informe–propuesta de la Dirección General de Movilidad e Infraestructuras Viarias,
RESUELVO:
Primero. Aprobar el expediente de información pública correspondiente al proyecto de Trazado de la “Ronda Sur de Badajoz, Tramo II: EX-310 – EX-107”, en el término municipal de Badajoz, poniendo de manifiesto que el mismo ha sido tramitado de acuerdo con lo establecido
en el artículo 13 y siguientes de la Ley 7/1995, de 27 de abril, de Carreteras de Extremadura
y el artículo 34 y siguientes del Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, por el que se
aprueba el Reglamento General de Carreteras.
Segundo. Aprobar definitivamente el Proyecto de Trazado de la “Ronda Sur de Badajoz, Tramo I: EX-310 - EX-107”, en el término municipal de Badajoz, confirmando los términos de la
aprobación provisional del mismo, efectuada mediante Resolución de la Dirección General de
Movilidad e Infraestructuras Viarias de fecha 9 de agosto de 2022.
Tercero. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Cuarto. Notificar la presente resolución de conformidad con los artículos 4 y 40 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda en el
plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación
o publicación de la misma, tal y como establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y