Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Indicación Geográfica Proteg. (2022050208)
Orden de 14 de noviembre de 2022 por la que se aprueban los Estatutos de las Indicaciones Geográficas Protegidas "Ternera de Extremadura" y "Vaca de Extremadura" (Carne de Vacuno de Extremadura).
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NÚMERO 224
Martes 22 de noviembre de 2022

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d) Dirimir con su voto los empates a efectos de adoptar acuerdos.
e) V
 isar las actas y acuerdos del Pleno.
f) Contratar, renovar o suspender al personal del C.R. con la aprobación previa del Pleno,
sin perjuicio de la normativa aplicable al personal adscrito a la estructura de control.
g) Remitir a la dirección general competente en materia de calidad agroalimentaria de la
Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura cuantos documentos exige la normativa autonómica, los acuerdos del Pleno que deban ser comunicados,
así como cualesquiera otros que por su importancia considere que deban ser conocidos.
h) D
 esempeñar funciones ejecutivas y de supervisión en materia presupuestaria, contable,
organizativa y de control financiero, sin contravenir las directrices y acuerdos adoptados
por el Pleno.
i) Ejercer cuantas otras funciones que el Pleno del C.R. acuerde, sin contravenir el régimen
de delegación de las funciones del Pleno establecidas en el Reglamento.
2. L
 a persona que ostente la Presidencia podrá dimitir de su cargo, sin que ello suponga su
baja como vocal electo.
Artículo 7. La Vicepresidencia.
1. S
 on funciones de la Vicepresidencia las correspondientes a la Presidencia, en ausencia de
la misma.
2. E
 n caso de vacancia de la Presidencia por dimisión, incapacidad, fallecimiento o cese, la
Vicepresidencia deberá realizar una convocatoria extraordinaria del Pleno, en un plazo
máximo de un mes, para nombrar una nueva Presidencia.
3. E
 n caso de vacancia de la Presidencia y la Vicepresidencia por dimisión, incapacidad, fallecimiento o cese, la persona de mayor edad titular de una vocalía asumirá las funciones
de la Presidencia, debiendo realizar una convocatoria extraordinaria del Pleno en el plazo
máximo de un mes para la elección de las personas que ostentarán la Presidencia y la Vicepresidencia. En su caso, el mandato de la persona que ocupe la Presidencia será solo por
el tiempo que le restara a la persona sustituida.
4. L
 a persona que ostente la Vicepresidencia podrá dimitir de su cargo, sin que ello suponga
su baja como vocal electo.