Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Indicación Geográfica Proteg. (2022050208)
Orden de 14 de noviembre de 2022 por la que se aprueban los Estatutos de las Indicaciones Geográficas Protegidas "Ternera de Extremadura" y "Vaca de Extremadura" (Carne de Vacuno de Extremadura).
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NÚMERO 224
Martes 22 de noviembre de 2022

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Artículo 20. Junta Electoral de las Indicaciones Geográficas Protegidas de Carne de
Vacuno de Extremadura.
1. L
 a Junta Electoral de las Indicaciones Geográficas Protegidas (en lo sucesivo, JEIGPCVE)
que se radicará en la sede del Consejo Regulador, estará formada por:
a. Presidencia: La persona de más edad titular de una vocalía del Consejo Regulador
saliente.
b. V
 ocalías: Dos vocales del Consejo Regulador salientes pertenecientes, respectivamente,
a las ganaderías y a las industrias. En el supuesto de proclamación automática de candidatura prevista en artículo 31, las personas designadas por el sector afectado seguirán
participando en las deliberaciones de la JEIGPCVE con voz pero sin voto.
c. Asesoría jurídica: Una persona designada por el Pleno del Consejo Regulador con capacidad suficiente para asesorar en todo lo concerniente al proceso electoral, recursos,
resoluciones, etc.
d. S
 ecretaría: Una persona designada por el Pleno del Consejo Regulador.
2. L
 a Junta Electoral de las IGP de Carne de Vacuno de Extremadura se constituirá en el plazo
señalado en el calendario que se publicará con la convocatoria.
Artículo 21. Funciones de la Junta Electoral de las Indicaciones Geográficas Protegidas de Carne de Vacuno de Extremadura.
Las funciones de la JEIGPCVE serán las siguientes:
a. Publicación del censo de electores inscritos en los distintos Registros de cada una de
las Indicaciones Geográficas Protegidas y exposición de este en la sede del Consejo
Regulador y en la Consejería competente en materia de calidad agroalimentaria de
Extremadura .
b. R
 esolver las reclamaciones, en su caso, en relación con los listados de censos electorales, proclamación de candidaturas y Vocales electos.
c. Aprobación de los censos definitivos.
d. R
 ecepción de las candidaturas que se presenten a cada uno de los censos.
e. Proclamación de candidaturas.
f. D
 eterminación de los modelos de papeleta para el voto.
g. U
 bicación de Mesas Electorales.