Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Indicación Geográfica Proteg. (2022050208)
Orden de 14 de noviembre de 2022 por la que se aprueban los Estatutos de las Indicaciones Geográficas Protegidas "Ternera de Extremadura" y "Vaca de Extremadura" (Carne de Vacuno de Extremadura).
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NÚMERO 224
Martes 22 de noviembre de 2022



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— Podrá sufrir variaciones en sus partidas, autorizadas por la Presidencia e informada
la Tesorería, siempre que no superen los 6.000 euros, y con excepción de las correspondientes a gastos de personal. La cuantía global del presupuesto podrá ser modificada por la Presidencia por encima de lo inicialmente presupuestado cuando ésta sea
financiada con ingresos distintos de los establecidos en el apartado correspondiente,
exista un compromiso firme de aportación, y siempre que el ingreso se prevea realizar en el propio ejercicio, dando cuenta al Pleno. En el resto de los supuestos la
autorización corresponderá al Pleno a propuesta de la Presidencia.



— Podrá aplicar los remanentes que resulten de la liquidación del ejercicio presupuestario no afectados a la financiación del presupuesto del ejercicio siguiente, a dicho
presupuesto de ingresos y destinarse a financiar incremento de gastos, con exclusión
de los gastos de personal, por acuerdo de la Presidencia, dando cuenta al Pleno. Los
déficits derivados del incumplimiento de las estimaciones de ingresos anuales se
compensarán en la forma en que se prevea en el presupuesto del siguiente ejercicio.

b. L
 iquidación de presupuesto correspondiente al ejercicio anterior, que será acompañada
de una memoria de actividades realizadas. Ambos documentos se someterán al Pleno
para su aprobación dentro del primer trimestre del año siguiente.
c. Inventario, que contendrá la relación de todos los bienes muebles e inmuebles y derechos reales sobre los mismos cuyo valor exceda de 500 euros.
d. L
 os documentos mencionados en los apartados (a) y (b) de este punto se remitirán
al órgano de la Administración competente en materia de calidad agroalimentaria por
cualquier medio que permita tener constancia de su recepción, así como de la fecha, la
identidad y el contenido, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de su aprobación
por el Pleno. Asimismo, el inventario mencionado en el apartado (c) se remitirá junto a
la memoria anual de actividades realizadas.
2. R
 égimen contable: El C.R. se dotará del sistema de contabilidad según lo establecido en el
Reglamento y demás normativa aplicable y mostrará, la imagen fiel de su patrimonio, de su
situación financiera, y de los resultados. Las propuestas de cuentas anuales se formularán
por la Tesorería, serán sometidas a aprobación del Pleno dentro del primer trimestre del
año siguiente cierre del ejercicio y se auditarán a través de una entidad autorizada según
la normativa vigente.
3. C
 ontrol financiero: La Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través
de la Intervención General, podrá ejercer el control financiero necesario sobre los gastos
efectuados para la gestión de las funciones del C.R.