Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063428)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se desestima la solicitud de autorización ambiental unificada para el proyecto de legalización de explotación de compra y venta de abonos orgánicos, en el término municipal de Valdelacalzada.
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NÚMERO 222

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Viernes 18 de noviembre de 2022

A la vista de los anteriores Antecedentes de Hecho y Fundamentos de Derecho, habiéndose
dado debido cumplimiento a todos los trámites previstos legalmente, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 16.7 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto- Ley
3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración
Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el Servicio
de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático,
RESUELVE:
Desestimar la autorización ambiental unificada solicitada por Luis Miguel Bergara Codosero,
para el proyecto de legalización para explotación de compra y venta de abonos orgánicos en
el término municipal de Valdelacalzada (Badajoz), por informe del técnico municipal del Ayuntamiento de Valdelacalzada con pronunciamiento desfavorable, siendo éste vinculante de conformidad con el artículo 16.4 de la disposición final tercera, modificación de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, de protec­ción ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, del
Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El número de expediente de la instalación es el AAUN 21/160.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer
Recurso de Alzada de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 115, 121 y 122 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante la Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución.
Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste se haya presentado, la presente
resolución será firme a todos los efectos legales.
No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto
Mérida, 3 de noviembre de 2022.
El Director General de Sostenibilidad,
JESÚS MORENO PÉREZ