Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Transportes. Ayudas. (2022063513)
Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión directa de las ayudas de mínimis destinadas a promover, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la sostenibilidad económica de las empresas de transporte público afectadas por el encarecimiento del precio de los carburantes para el año 2022.
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NÚMERO 222
Viernes 18 de noviembre de 2022

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2. L
 a notificación de los actos administrativos para la tramitación del procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se realizará mediante
comparecencia en sede electrónica de la Junta de Extremadura de las personas interesadas.
Se entiende por comparecencia en la sede electrónica el acceso por el interesado o su representante debidamente identificado al contenido de la notificación.
3. L
 as notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el momento en
que se produzca el acceso a su contenido.
4. S
 e entenderá rechazada la notificación cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.
5. C
 omplementariamente a la notificación practicada por el sistema establecido en el punto
2, y únicamente con efectos informativos, la persona solicitante recibirá́ un aviso en la dirección de correo electrónico que conste en la solicitud de la ayuda, mediante el cual se le
indicará que se ha producido una notificación a cuyo contenido podrá acceder a través del
apartado habilitado a tal efecto en la web https://sede.gobex.es/SEDE .
6. E
 xcepcionalmente, para asegurar la eficacia de las actuaciones administrativas podrá realizarse la notificación a través de medios no electrónicos.
7. C
 uando la notificación se realice por distintos cauces, se tomará como fecha de notificación
aquella que se hubiera producido en primer lugar, según lo previsto en el artículo 41.7 de
la Ley 39/2015.
8. Las solicitantes podrán consultar, en todo momento, el estado del expediente administrativo a través de la sede electrónica.
Decimocuarto. Publicidad de la convocatoria y de las subvenciones concedidas.
1. L
 a presente convocatoria, así como su extracto, se publicarán en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es), sin perjuicio de la publicidad derivada de la comunicación
de la convocatoria a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, prevista en el artículo
20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. El órgano concedente publicará en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es)
y en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index)
las ayudas de mínimis otorgadas, con expresión de su norma reguladora, el programa y
crédito presupuestario al que se imputen, beneficiarios, cantidades concedidas y finalidad
de la subvención.