Consejería De Educación Y Empleo. Concurso De Méritos. Personal Docente. (2022063529)
Resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros, para plazas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 222

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Viernes 18 de noviembre de 2022

ANEXO - III

BAREMO PARA LA VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA INGRESO A LOS CUERPOS
DOCENTES A TRAVÉS DEL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN LA DISPOSICIÓN
TRANSITORIA QUINTA DEL REAL DECRETO 276/2007, DE 23 DE FEBRERO.
Las personas aspirantes no podrán alcanzar más de 15 puntos por la valoración de sus méritos.
Únicamente serán baremados aquellos méritos perfeccionados hasta la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes, sin que un mismo mérito pueda ser valorado en más
de un apartado o subapartado del baremo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los documentos que
presenten para su valoración deberán venir traducidos al castellano o, cuando se presente la
instancia para su participación a través de la convocatoria efectuada por una Administración
Educativa con lengua cooficial, se estará a lo previsto en la legislación autonómica
correspondiente. Deberán traducirse al castellano los documentos que, redactados en la lengua
oficial de una Comunidad Autónoma, deban surtir efectos fuera del territorio de esa
comunidad porque la persona aspirante haya optado, en su caso, por presentar su instancia de
participación a través de la convocatoria efectuada por una Administración Educativa distinta.
Todos los méritos alegados deberán acreditarse mediante copia de los documentos
justificativos, responsabilizándose los participantes expresamente de la veracidad de la
documentación presentada, sin perjuicio de que, en cualquier momento, se pueda requerir al
aspirante los documentos originales de esa documentación para su cotejo. Cualquier diferencia
entre el documento original y su copia conllevará la no validez del mérito alegado, sin perjuicio
de la posible responsabilidad que pueda derivar.

Méritos
1. EXPERIENCIA DOCENTE
PREVIA
1.1 Por cada año de experiencia
docente en la especialidad del cuerpo
a la que opta en centros públicos.

Puntuación

Documentación justificativa

Máximo
7,0000
puntos
0,7000
puntos

Hoja de servicios expedida por el
órgano
competente
de
la