Consejería De Educación Y Empleo. Concurso De Méritos. Personal Docente. (2022063529)
Resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros, para plazas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 222
Viernes 18 de noviembre de 2022

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— Archivo pdf o imagen escaneada de la declaración de la renta de la unidad familiar.



— Imagen escaneada del certificado de empadronamiento.

3.3.1.11. Documentación a presentar por los aspirantes que aleguen la condición de
víctimas del terrorismo.
Aquellas personas que aleguen la condición de víctima del terrorismo, entendiendo
como tales a quienes hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la
actividad terrorista, además de la documentación que proceda señalada en los apartados anteriores, deberá acreditarlo mediante sentencia judicial firme o en virtud de
resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, el cónyuge del fallecido
y los hijos de los heridos y fallecidos.
3.3.2. D
 ocumentación acreditativa de los méritos alegados.
Las personas aspirantes deberán aportar los documentos justificativos que se indican en el
baremo de méritos establecido en el Anexo III, entendiéndose que solamente se valorarán
aquellos méritos que, perfeccionados con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes previsto en el subapartado 3.2.3 de esta Resolución, se aleguen
y aporten debidamente justificados a través de la documentación que se determina en el
citado Anexo, no tomándose en consideración los méritos perfeccionados con posterioridad
a la finalización de dicho plazo.
La documentación que haya sido aportada para acreditar el cumplimiento de un requisito
para alguna de las plazas solicitadas, no será considerada en ningún caso como mérito
para su valoración respecto a esas plazas.
La experiencia docente previa desarrollada por aspirantes en centros públicos del ámbito de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, prevista en los
apartados 1.1, 1.2 y 1.3 del Anexo III, se incorporará de oficio por la Dirección General
de Personal Docente, siempre que se participe solicitando en primer lugar las plazas de
la especialidad convocadas en su ámbito territorial, y siempre que dicha información obre
en poder de esta Administración, que será mostrada a los aspirantes en el momento de
cumplimentar su solicitud de participación en esta convocatoria. La experiencia docente
previa desarrollada en centros educativos públicos de otras Administraciones educativas,
deberá ser acreditada a través de la presentación de la correspondiente documentación
justificativa, de conformidad con lo establecido en dicho Anexo III.
La puntuación establecida en el apartado de “Otros Méritos” del baremo por la superación
de la fase de oposición en la misma especialidad del cuerpo a la que se opta en procedi-