Consejería De Educación Y Empleo. Concurso De Méritos. Personal Docente. (2022063529)
Resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros, para plazas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 222
Viernes 18 de noviembre de 2022

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bre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Para ello, deberán
aportar junto con la solicitud resolución judicial u orden de protección dictada a favor
de la misma o informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que
la persona interesada es víctima de violencia de género en tanto se dicta la orden de
protección.
d) Estarán exentas de pago quienes tengan la condición de víctimas del terrorismo, sus
cónyuges o parejas de hecho, así como sus descendientes. Para ello deberán presentar
junto con la solicitud certificado acreditativo de dicha condición.
e) L
 as personas que acrediten la condición de tercer o ulterior hijo/a dependiente de sus
padres y/o madres, cuando el domicilio familiar radique en Extremadura con dos años
de antelación a la solicitud del beneficio fiscal y que la unidad familiar tenga unas rentas
menores cinco veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), se les reintegrarán los
derechos de exámenes ingresados siempre que, efectivamente, participen en las pruebas selectivas que se convoquen y soliciten la devolución de ingreso.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del
aspirante. En caso de que el importe abonado o justificado en la solicitud sea inferior al
pago exigido para el total de las instancias incluidas, se considerarán abonadas las instancias en el orden establecido en el punto 1.2 de la presente convocatoria hasta que fuera
superado el pago que se ha justificado.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del
trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en el
apartado 3.2.1 de esta base tercera.
Los errores en la inscripción y en el pago de tasas que sean imputables a las personas
interesadas no darán lugar a devolución de tasas.
3.2.6. Reintegro de los derechos de examen ingresados para aspirantes que acrediten la
condición de tercer o ulterior hijo/a dependiente de sus padres y/o madres.
De conformidad con lo establecido en el anexo de la Ley 18/2001, de 14 de diciembre,
sobre Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las personas
aspirantes que acrediten la condición de tercer o ulterior hijos dependientes de sus padres
y/o madres, se les reintegrarán los derechos de examen ingresados, siempre que, efectivamente, participen en las pruebas selectivas que se convoquen y soliciten la devolución
del ingreso. Dicha solicitud deberá presentarse antes del 30 de junio de 2023, por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, adjuntando:
— Modelo de solicitud de participación en estas pruebas selectivas.