Consejería De Educación Y Empleo. Concurso De Méritos. Personal Docente. (2022063529)
Resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros, para plazas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 222
Viernes 18 de noviembre de 2022

56600

la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022,
la cuantía establecida es:
— Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de
Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Profesores de Música y Artes Escénicas: 38,52 €.
— Cuerpo de maestros, profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional y maestros de artes plásticas y diseño: 34,66 €.
El ingreso del importe podrá realizarse en las solicitudes presentadas de forma telemática.
La constancia del correcto pago de las tasas estará avalada por el número de carta de pago
que figurará en el justificante de registro.
El importe a abonar en cada solicitud única será la suma de las cantidades que correspondan con las instancias añadidas, una vez solicitadas, si las hubiere, las exenciones que el
apartado 3.2.5 se indican.
3.2.5. Exenciones y bonificaciones del pago de las tasas.
Exenciones y bonificaciones, establecidas por Resolución de 19 de enero de 2022, de la
Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se publican las tarifas actualizadas de las
tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en virtud de lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura
para 2022; Ley 18/2001, de 14 de Diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la C.A. de
Extremadura; y por la Ley 4/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Financieras y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
a) Para personas desempleadas: Estarán exentas de la tasa las personas aspirantes que
estén en situación legal de desempleo, excepción hecha de personas demandantes de
empleo en la modalidad de mejora de empleo. Para ello, deberán presentar junto con
la solicitud, informe de vida laboral o informe de periodo ininterrumpido inscrito en
situación de desempleo, cuya fecha de emisión esté comprendida dentro del plazo de
presentación de solicitudes del proceso selectivo.
b) Para personas con discapacidad igual o superior al 33%: Quienes acrediten tener un
grado de discapacidad igual o superior al 33% tendrán derecho a la exención del pago
de la tasa. Para ello, deberán presentar imagen escaneada del documento de reconocimiento de la condición de persona con discapacidad.
c) Estarán exentas de pago las personas aspirantes que tengan la condición de víctimas
de violencia de género a que hace referencia la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciem-