Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063274)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Junta de Extremadura y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, MP para la regulación del Instituto de Arqueología-Mérida (IAM).
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NÚMERO 221
Jueves 17 de noviembre de 2022

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recho, indicando el orden del día, lugar, fecha y hora de celebración de la reunión, y
adjuntando la documentación correspondiente a los asuntos a tratar y a los acuerdos
cuya adopción se propone en el orden del día.
4.5. A
 dopción de acuerdos. Para la válida constitución de la Comisión Rectora deberán
concurrir como mínimo el Presidente y el Secretario -o sus suplentes-, y al menos la
mitad de sus miembros, siempre que al menos concurra un representante de cada
una de las instituciones cotitulares.


La condición de miembro de la Comisión Rectora se desempeñará personalmente,
pudiendo ser sustituido por el suplente que corresponda o, en su defecto, por el que
designe el órgano competente.
Las decisiones se tomarán por mayoría de votos poseyendo cada representante un voto,
dirimiendo la presidencia con su voto los empates que pudieran producirse. No obstante, para los supuestos de nombramiento de la Dirección del Instituto, aprobación del
presupuesto y aportaciones de las partes al mismo, de la memoria anual de liquidación
del ejercicio, la propuesta de modificación del RRI y otras normas internas de funcionamiento, la adscripción y desadscripción de personal investigador, la admisión de nuevas
instituciones en el Instituto y el establecimiento de alianzas con otras instituciones, se
requerirá la unanimidad de todos los miembros que componen el órgano.
Cuando los acuerdos de la Comisión Rectora impliquen, para una o varias de las instituciones cotitulares del Instituto, un aumento de su aportación de recursos económicos,
humanos o materiales, será necesaria la aprobación expresa o ratificación de los órganos
superiores de aquellas.

8.2 Junta.
Es el órgano de dirección de carácter colegiado en el que están representados los distintos colectivos que participan en la actividad investigadora del Instituto, incluyendo un
número de representantes de personal del Instituto.
El RRI regulará su composición, funciones y normas de funcionamiento, incluyendo el
procedimiento de elección de los representantes del personal en la Junta.
8.3. Dirección.
Es el órgano directivo de carácter unipersonal que ejerce la representación legal e institucional del Instituto -sin perjuicio de las competencias que al respecto corresponda ejercer
a los órganos de las instituciones cotitulares- ejerce las funciones de dirección y gestión
ordinaria del Instituto, y dirige su actividad científica, ejerciendo las competencias que la