Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063274)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Junta de Extremadura y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, MP para la regulación del Instituto de Arqueología-Mérida (IAM).
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NÚMERO 221
Jueves 17 de noviembre de 2022

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8.1 Comisión Rectora.
1. L
 a Comisión Rectora es el órgano de gobierno del IAM y tiene competencias sobre todas aquellas cuestiones e incidencias que afecten a la estructura, organización y buen
funcionamiento del Instituto, ejerciendo las funciones de comisión de seguimiento del
convenio de acuerdo con los previsto en el artículo 49.f de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
2. Composición.


2.1. Son miembros de la Comisión Rectora:



• Dos vocales en representación de la Junta de Extremadura.



• Dos vocales en representación del CSIC.

Los miembros de la Comisión Rectora no podrán tener la condición de personal adscrito
al Instituto.


2.2. L
 as personas titulares de la Dirección, la Vicedirección y la Gerencia asistirán a las
reuniones con voz y sin voto.



2.3. A
 propuesta de cualquier miembro de la Comisión Rectora, podrán ser invitados a
las reuniones, con voz y sin voto, personas ajenas a la misma cuando lo requiera
la naturaleza de los asuntos a tratar.

3. Funciones.


a) Conocer el Plan Estratégico plurianual del IAM y los Planes de Actuación anuales que
lo desarrollen, elevándolos a las instituciones cotitulares para, en su caso, su evaluación y/o aprobación.



b) Aprobar, a propuesta de la Dirección, el presupuesto anual de ingresos y gastos y la
memoria anual de liquidación del ejercicio anterior.



c) Conocer la memoria anual de actividades aprobada por la Junta.



d) Acordar la propuesta de nombramiento y de cese de la persona titular de la Dirección
de conformidad con lo establecido en este convenio y en el RRI, para su nombramiento y la formalización del cese por las instituciones cotitulares.



e) A
 cordar el nombramiento y el cese de las personas que ocuparán las Vicedirecciones
del Instituto a iniciativa de la Dirección, que deberá comunicarse a las instituciones
cotitulares.