Consejería De Educación Y Empleo. Idiomas. Subvenciones. (2022063489)
Extracto de la Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Secretaría General de Educación, sobre convocatoria de las subvenciones a los auxiliares de conversación con destino en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2022/2023.
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NÚMERO 221
Jueves 17 de noviembre de 2022

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EXTRACTO de la Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Secretaría
General de Educación, sobre convocatoria de las subvenciones a los
auxiliares de conversación con destino en centros educativos sostenidos con
fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso
2022/2023. (2022063489)
BDNS(Identif.):658720
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Resolución de convocatoria,
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en el presente Diario Oficial de
Extremadura.
Primero. Objeto.
Aprobación de la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas a los auxiliares
de conversación seleccionadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional para
su destino, durante el curso 2022/2023, en los centros educativos sostenidos con fondos
públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que sean bilingües o cuenten con sección bilingüe autorizada por la Consejería de Educación y Empleo, en las Escuelas Oficiales
de Idiomas y en centros en los que se desarrollen programas de carácter bilingüe como el
Programa British Council, donde las personas seleccionadas como auxiliares de conversación
ejerzan sus funciones.
Segundo. Procedimiento de concesión.
La subvención convocada mediante la presente Resolución tiene carácter singular, dado que
las personas beneficiarias son seleccionadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional mediante un proceso de concurrencia competitiva y, revisten la forma de concesión
directa por convocatoria abierta mediante resolución de la Consejería competente en materia
de educación, en aplicación del artículo 22.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por concurrir razones de interés público,
social y económico, ya que se pretende contribuir a la mejora de la calidad educativa en las
enseñanzas no universitarias a través de la dotación de personas auxiliares de conversación
en centros educativos sostenidos con fondos públicos.
Tercero. Dotación y crédito presupuestario.
1. L
 a dotación de esta subvención directa asciende a una cantidad mensual máxima, en concepto de ayuda para la dieta de manutención y alojamiento, por importe de 935,00 euros
por auxiliar de conversación, cuyo horario semanal será de 16 horas. Esta ayuda les será