Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Notificaciones. (2022081869)
Anuncio de 8 de noviembre de 2022 sobre notificación por publicación del primer requerimiento de subsanación del procedimiento de ayudas para la corrección de líneas eléctricas peligrosas para la avifauna correspondiente a la convocatoria establecida en la disposición adicional segunda del Decreto 35/2022, de 6 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a la corrección de líneas eléctricas peligrosas para la avifauna en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 221
Jueves 17 de noviembre de 2022

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14.b.8) El presupuesto presenta las siguientes incidencias:
Se deberá justificar, para los apoyos en amarre, la aplicación de la partida UCAACAaaab (suministro
y montaje de cadena en amarre para 52 kV teniendo en cuenta que la línea es de 22 kV) y su compatibilidad
con la aplicación de la partida USMPAAaa (aislamiento grapa de amarre tipo GA1).
Se han presupuestado erróneamente la partida USMTCAbb ya que el valor de referencia se establece
por unidad, no por metro.
-

Todos los apoyos para los que se solicite la ayuda deben integrarse en la misma línea.

NIF: B28063865
Nº EXPEDIENTE: CN0126/22/SUB
INCIDENCIAS DETECTADAS: 3.a; 5.a; 12.a; 13.a; 14.b.5); 14.b.7); 14.b.8)
OBSERVACIONES DOCUMENTACIÓN:
OBSERVACIONES MEMORIA DE ACTUACIONES:
14.b.5) Se deberán aclarar las distancias mínimas de seguridad establecidas en el apartado 10 "Crucetas" del
proyecto (700 mm en amarre y 350 mm en suspensión), por contravenir los especificado en el artículo 3.1.a)
del Decreto 35/2022, de 6 de abril y por ser incongruente con lo establecido en el apartado 12 "Medidas
correctoras avifauna" del propio proyecto.
Se deberá aportar justificación para la sustitución de las crucetas tipo bóveda y horizontal, considerándose
que con la sustitución de las cadenas de aisladores y el aislamiento de elementos en tensión se cumplirían las
medidas de prevención contra la electrocución establecidas en el artículo 3 del Decreto 35/2022, de 6 de
abril.
14.b.7) La cobertura shp aportada carece de proyección y no coincide su longitud y trazado con el plano
aportado en la memoria de actuaciones.
14.b.8) El presupuesto presenta las siguientes incidencias:
- Incluye gastos no subvencionables (gastos generales y beneficio industrial, IVA)
- Incluye actuaciones no subvencionables (medidas antiposada)
- Los valores de referencia de las partidas USMTCBa y UUSMTCAbb (aislamiento de conductores y de
puentes) se establecen por unidad, no por metro. Para la replanificación de las actuaciones, deberá tenerse
en cuenta que, en las crucetas en amarre tipo bóveda, horizontal y cruz, deben aislarse todas las fases 1 m
en ambos lados exteriores del punto de unión de la grapa de amarre y que en las crucetas en suspensión tipo
bóveda sólo es necesario aislar el conductor central 1 m a cada lado del punto de enganche.
- Se deberá justificar la necesidad de acometer los trabajos de acondicionamiento del terreno vinculado a la
partida UDESBR1a

NIF: B06339162
Nº EXPEDIENTE: CN0127/22/SUB
INCIDENCIAS DETECTADAS: 1.f; 8.b; 14.b.3); 14.b.6); 14.b.8)
OBSERVACIONES DOCUMENTACIÓN:
1.f. Se deberá aportar los datos del proyecto: Duración.8.b. Al ser una Línea eléctrica cedida, conforme a lo
descrito en el art. 10.1.d) 2º del Decreto 35/2022, de 6 de abril, debe presentar escrito emitido por el órgano
competente en materia de ordenación industrial en el que se haga constar el cambio de titularidad y la