Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Notificaciones. (2022081869)
Anuncio de 8 de noviembre de 2022 sobre notificación por publicación del primer requerimiento de subsanación del procedimiento de ayudas para la corrección de líneas eléctricas peligrosas para la avifauna correspondiente a la convocatoria establecida en la disposición adicional segunda del Decreto 35/2022, de 6 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a la corrección de líneas eléctricas peligrosas para la avifauna en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 221
Jueves 17 de noviembre de 2022

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- Se deberá considerar que en las crucetas en suspensión tipo bóveda sólo es necesario aislar el conductor
central 1 m a cada lado del punto de enganche.
- Se deberá justificar la necesidad de acometer los trabajos de acondicionamiento del terreno vinculado a la
partida UDESBR1a cuando en la descripcion de las medidas a realizar se especifica expresamente que no son
necesarios.
- Se deberá aportar justificación de los cálculos realizados para la señalización de la línea eléctrica.
NIF: 02117687P
Nº EXPEDIENTE: CN0087/22/SUB
INCIDENCIAS DETECTADAS: 1.b; 9.a; 12.a; 13.a; 14.a; 14.b.1); 14.b.2); 14.b.3); 14.b.5); 14.b.6); 14.b.7);
14.b.8)
OBSERVACIONES DOCUMENTACIÓN:
1.b. Se deberá aportar solicitud firmada y fechada.
OBSERVACIONES MEMORIA DE ACTUACIONES:
14.a. No figura numero de colegiado de técnico competente.
14.b.1) Se deberá aportar un plano a escala, al menos, 1: 25.000, en el que figure el trazado completo de la
línea electrica “Finca Doña Catalina” (Expte. Industria AT-32), así como el tramo de línea electrica para el
que se solicita la ayuda; teniendo en cuenta que, según cambio de titularidad de 29 de junio de 2009 aportado,
el tramo de 0,92 km comprendido desde el origen hasta el poyo nº 2197 y final del apoyo 1.216, no es
propiedad del solicitante.
14.b.2) Se deberá aportar longitud del tramo de línea electrica propiedad del solicitante, ya que según la
documentación aportada, la totalidad de al línea electrica no es de su propiedad.
14.b.3) Se deberá especificar y describir el nº de apoyos por tipología que presenta. Dicha descripción deberá
contener la numeración especificada en el cambio de titularidad de 29 de junio de 2009.
14.b.5) Se deberá aportar justificación sobre la necesidad de sustitución de las crucetas tipo recta con cadenas
de aisladores en amarre y las tipo bóveda con cadenas de aisladores en suspensión; considerándose si la
sustitución de las cadenas de aisladores y el aislamiento de elementos en tensión serian medidas sufientes
para cumplir las medidas de prevención contra la electrocución establecidas en el artículo 3 del Decreto
35/2022, de 6 de abril.
De otra parte, existe una incongruencia entre las actuaciones a realizar en las cadenas de aisladores ya que
en la memoria de actuaciones se indica que se va a alcanzar la distancia mínima de seguridad mediante la
instalacion de aisladores de vidrio adicionales y en el presupuesto se indica que se van a instalar aisladores
poliméricos.
14.b.6) No se puede valorar con la memoria de actuaciones aportada, si el reportaje fotografico incluido
incluye todos los tipos de apoyos propiedad del solicitante que integran el tramo de línea eléctrica para el
cual se solicta la ayuda.
14.b.7) Se debe aportar la cobertura de la línea electrica en formato shape (shp) proyectada en el sistema de
coordenadas ETRS89H30.
14.b.8) El presupuesto presenta las siguientes incidencias:
- No se utilizan los valores unitarios de referencia recogidos en el art. 4.3 del Decreto 35/2022, de 6 de abril.
- Incluye actuaciones no subvencionables (medidas antiposada)
- Incluye gastos no subvencionables, el IVA, ya que en su solicitud declara que puede deducirselo, compensarlo
u obtener su reembolso