Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063264)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y la Fundación para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura (FUNDESALUD), por el que se formaliza una transferencia específica para la organización, el desarrollo y la difusión del XXII Certamen Internacional de Cine Médico y Salud "VIDEOMED" 2022.
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NÚMERO 220
Miércoles 16 de noviembre de 2022

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— Mutuo acuerdo de las partes que deberá ser instrumentado por escrito.
— Denuncia del convenio. Cualquiera de las partes podrá denunciar el presente convenio
comunicándolo a la otra parte por escrito con dos meses de antelación a la fecha en la
que desee la terminación del mismo.
— Incumplimiento de las estipulaciones contenidas en el convenio, por cualquiera de las
partes firmantes. Antes de la resolución se hará un previo requerimiento notificado a la
parte incumplidora en el que se indicarán las obligaciones y compromisos que se consideren incumplidos concediendo un plazo máximo de un mes para su cumplimiento.
De este requerimiento se dará traslado a la Comisión de Seguimiento prevista en el
convenio. Transcurrido el plazo concedido sin atender el requerimiento, la parte que lo
haya dirigido notificará a la incumplidora la concurrencia de la causa de resolución y se
entenderá resuelto el convenio.
— Vencimiento del plazo de vigencia del convenio.
— Imposibilidad sobrevenida, legal o material, para el desarrollo de las actividades que
constituyen su objeto.
Novena. Eficacia.
El presente Convenio producirá efectos desde el día de su firma hasta el 31 de diciembre de
2022, sin perjuicio de lo dispuesto en la estipulación tercera respecto de los gastos y de los
pagos.
Décima. Naturaleza jurídica del Convenio.
El presente convenio por el que se formaliza una transferencia específica tiene naturaleza administrativa, estando excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre,
de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español
las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de
febrero de 2014, de conformidad con lo dispuesto en su artículo 6.2; así mismo está excluido
del ámbito de aplicación de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, conforme a lo establecido en el artículo 3.a) de la misma.
Este Convenio se regirá por lo pactado en sus estipulaciones y, en todos aquellos términos y
obligaciones que le sean de aplicación, por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, al encontrarse
entre los tipos de Convenios recogidos por su artículo 47.2. De esta forma, en defecto de normas específicas, se aplicarán los principios de dicho texto legal para resolver dudas y lagunas
que pudieran producirse.