Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063265)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la Universidad de Extremadura para formalizar la concesión directa de una subvención a la Universidad de Extremadura para la realización de las líneas de actuación LA3 y LA4, del programa de I+D+I en el Área de Biodiversidad financiadas con los fondos del Programa Operativo FEDER Extremadura 2021-2027, incluidas en la Medida de Inversión C17.I1 "Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas", que forman parte del Componente 17 "Reforma Institucional y Fortalecimiento de las Capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
39 páginas totales
Página
NÚMERO 220

55915

Miércoles 16 de noviembre de 2022

la Base de Datos Nacional de Subvenciones según lo previsto en el artículo 20.8 de la Ley
38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones”.
La identificación de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, deberá aparecer
en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta
concesión directa y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y
publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas en la correspondiente normativa.
Todas las actuaciones, actividades, eventos, congresos, certámenes, etc., que sean financiados con cargo a la presente concesión directa deberán cumplir con los requisitos de identificación, información y publicidad. Asimismo, deberán cumplirse los requisitos establecidos
en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones
financiadas por la Junta de Extremadura.
Décimo cuarta. Régimen Jurídico y resolución de controversias.
El presente convenio se establece al amparo del artículo 47.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, tiene naturaleza administrativa y se encuentra excluido de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4, en relación con el artículo 6 de dicho texto
legal. En consecuencia, se regirá, en todo lo no previsto de forma expresa en él, por la citada
Ley 40/2015, de 1 de octubre (artículos 47 a 53), y demás normas de derecho administrativo
que le sean de aplicación. No obstante, el procedimiento y los requisitos para la formalización
de los contratos a celebrar por la entidad beneficiaria para la ejecución de las actuaciones,
deberán estar sujeto a la aplicación estricta de la Ley de Contratos del Sector Público.
Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente convenio serán resueltas
de mutuo acuerdo entre las partes en el seno de la Comisión de Seguimiento establecida en
la cláusula undécima de este convenio.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio, en el lugar y fecha
señalados en el encabezamiento.
El Secretario General.
PD, Resolución de 21 de agosto de 2019
(DOE n.º 163, de 23 de agosto de 2019),
El Secretario General de Ciencia,
Tecnología, Innovación y Universidad,

El Rector.
PD, Resolución de 21 de marzo de 2019
(DOE n.º 62, de 29 de marzo de 2019),
Vicerrector de Investigación y
Transferencia,

JESÚS ALONSO SÁNCHEZ

PEDRO M.ª FERNÁNDEZ SALGUERO