Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063423)
Resolución de 7 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental de la fábrica de conservas vegetales de Pronat, SC, en el término municipal de Don Benito. Expte.: IA21/1298.
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NÚMERO 219
55772
Martes 15 de noviembre de 2022
RELACIÓN DE CONSULTADOS
RESPUESTA
Ecologistas en Acción Extremadura
-
ADENEX
-
SEO Bird/Life
-
ADENA
-
FUNDACIÓN NATURALEZA Y HOMBRE
-
AMUS
-
GREENPEACE
C) Resumen del análisis técnico del expediente.
Con fecha de 10 de octubre de 2022, el promotor presenta en la DGS la solicitud de inicio
de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto “fábrica de conservas de tomate” y el resto de documentación en cumplimiento con el artículo 69 de la Ley 16/2015 de
23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Desde la DGS, una vez completado formalmente el expediente de impacto ambiental, se
inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70 de la precitada Ley.
En el análisis se determina que el promotor ha tenido debidamente en cuenta los informes
recibidos.
Revisado el documento técnico del proyecto y los informes emitidos, con toda la información hasta aquí recabada, se elabora la declaración de impacto ambiental.
C.1. Análisis ambiental para la selección de alternativas.
No se han planteado alternativas a la ubicación de la ampliación del proyecto debido a que
la actividad principal se venía ejerciendo en la ubicación original.
C.2. Impactos más significativos de la alternativa elegida.
A continuación, se resume el impacto potencial de la realización del proyecto sobre los
principales factores ambientales de su ámbito de afección:
55772
Martes 15 de noviembre de 2022
RELACIÓN DE CONSULTADOS
RESPUESTA
Ecologistas en Acción Extremadura
-
ADENEX
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SEO Bird/Life
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ADENA
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FUNDACIÓN NATURALEZA Y HOMBRE
-
AMUS
-
GREENPEACE
C) Resumen del análisis técnico del expediente.
Con fecha de 10 de octubre de 2022, el promotor presenta en la DGS la solicitud de inicio
de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto “fábrica de conservas de tomate” y el resto de documentación en cumplimiento con el artículo 69 de la Ley 16/2015 de
23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Desde la DGS, una vez completado formalmente el expediente de impacto ambiental, se
inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70 de la precitada Ley.
En el análisis se determina que el promotor ha tenido debidamente en cuenta los informes
recibidos.
Revisado el documento técnico del proyecto y los informes emitidos, con toda la información hasta aquí recabada, se elabora la declaración de impacto ambiental.
C.1. Análisis ambiental para la selección de alternativas.
No se han planteado alternativas a la ubicación de la ampliación del proyecto debido a que
la actividad principal se venía ejerciendo en la ubicación original.
C.2. Impactos más significativos de la alternativa elegida.
A continuación, se resume el impacto potencial de la realización del proyecto sobre los
principales factores ambientales de su ámbito de afección: