Presidencia De La Junta. Agrupaciones De Entidades Locales. Ayudas. (2022063394)
Resolución de 4 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se conceden ayudas destinadas al fomento de las agrupaciones para el sostenimiento en común de un único puesto de Secretaría-Intervención, durante el ejercicio 2022.
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NÚMERO 219
Martes 15 de noviembre de 2022
55345
Vista la propuesta presentada por la Dirección General de Administración Local, de conformidad con lo previsto en el resuelvo décimo, apartado segundo, de la Resolución de 21 de julio
de 2022, anteriormente mencionada,
RESUELVO:
Primero. Conceder subvenciones para el fomento de agrupaciones de entidades locales para
el sostenimiento en común de un único puesto de secretaría e intervención, convocadas por
resolución de 21 de julio de 2022 (DOE n.º 150, de 4 de agosto), por la que se procede a
la convocatoria de las referidas ayudas para el ejercicio 2022, y con la finalidad de financiar
parcialmente el coste del puesto de trabajo de secretaría-intervención de la agrupación, a
las 58 entidades locales que se relacionan en el anexo I, empezando por Mengabril (CIF:
P0608200B) y terminando por Santa Cruz de la Sierra (CIF: P1016900A).
Segundo. Denegar subvenciones para el fomento de agrupaciones de Entidades Locales para
el sostenimiento en común de un único puesto de secretaría e intervención, por no reunir los
requisitos exigidos en el resuelvo tercero de la resolución de 21 de julio de 2022, a las entidades locales de las agrupaciones solicitantes que no se relacionan en el anexo I.
Tercero. Como establece el resuelvo decimoprimero de la Resolución de 21 de julio de 2022,
el importe total de las ayudas a conceder por la Junta de Extremadura asciende a ciento
cincuenta mil euros (150.000,00 €) que representa el 50 % del importe total a financiar y a
conceder en virtud del convenio de colaboración suscrito con las Diputaciones Provinciales de
Badajoz y Cáceres, y en proporción al periodo de tiempo que el puesto de secretaría e intervención que se pretende subvencionar ha estado desempeñado por cualquiera de las formas
prevista en los artículos 27.1, 49, 51 y 53 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el
que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación
de carácter general.
La aportación que corresponde a la Junta de Extremadura, que se imputará a la aplicación
presupuestaria 020050000 G/115B/46000 CAG0000001 20040163 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022, se efectuará de la siguiente
forma:
a) El cincuenta por ciento en el momento de su concesión.
b) El cincuenta por ciento restante, una vez justificado el primer cincuenta por ciento de
la cantidad concedida y abonada, para lo cual la secretaría-intervención deberá remitir,
con fecha límite del día 1 de diciembre de 2022, la siguiente documentación:
— Certificado de la secretaría del destino de los fondos.
Martes 15 de noviembre de 2022
55345
Vista la propuesta presentada por la Dirección General de Administración Local, de conformidad con lo previsto en el resuelvo décimo, apartado segundo, de la Resolución de 21 de julio
de 2022, anteriormente mencionada,
RESUELVO:
Primero. Conceder subvenciones para el fomento de agrupaciones de entidades locales para
el sostenimiento en común de un único puesto de secretaría e intervención, convocadas por
resolución de 21 de julio de 2022 (DOE n.º 150, de 4 de agosto), por la que se procede a
la convocatoria de las referidas ayudas para el ejercicio 2022, y con la finalidad de financiar
parcialmente el coste del puesto de trabajo de secretaría-intervención de la agrupación, a
las 58 entidades locales que se relacionan en el anexo I, empezando por Mengabril (CIF:
P0608200B) y terminando por Santa Cruz de la Sierra (CIF: P1016900A).
Segundo. Denegar subvenciones para el fomento de agrupaciones de Entidades Locales para
el sostenimiento en común de un único puesto de secretaría e intervención, por no reunir los
requisitos exigidos en el resuelvo tercero de la resolución de 21 de julio de 2022, a las entidades locales de las agrupaciones solicitantes que no se relacionan en el anexo I.
Tercero. Como establece el resuelvo decimoprimero de la Resolución de 21 de julio de 2022,
el importe total de las ayudas a conceder por la Junta de Extremadura asciende a ciento
cincuenta mil euros (150.000,00 €) que representa el 50 % del importe total a financiar y a
conceder en virtud del convenio de colaboración suscrito con las Diputaciones Provinciales de
Badajoz y Cáceres, y en proporción al periodo de tiempo que el puesto de secretaría e intervención que se pretende subvencionar ha estado desempeñado por cualquiera de las formas
prevista en los artículos 27.1, 49, 51 y 53 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el
que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación
de carácter general.
La aportación que corresponde a la Junta de Extremadura, que se imputará a la aplicación
presupuestaria 020050000 G/115B/46000 CAG0000001 20040163 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022, se efectuará de la siguiente
forma:
a) El cincuenta por ciento en el momento de su concesión.
b) El cincuenta por ciento restante, una vez justificado el primer cincuenta por ciento de
la cantidad concedida y abonada, para lo cual la secretaría-intervención deberá remitir,
con fecha límite del día 1 de diciembre de 2022, la siguiente documentación:
— Certificado de la secretaría del destino de los fondos.