Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2022063398)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental para el proyecto de instalación solar fotovoltaica "Piñuela" e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada en el término municipal de Cáceres. Expte.: IA20/118.
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NÚMERO 219
Martes 15 de noviembre de 2022

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RESOLUCIÓN de 3 de noviembre de 2022, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental para
el proyecto de instalación solar fotovoltaica "Piñuela" e infraestructura de
evacuación de energía eléctrica asociada en el término municipal de Cáceres.
Expte.: IA20/118. (2022063398)
Es Órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativa al
proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica
y Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el artículo
4.1 d) del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
El proyecto de instalación solar fotovoltaica “Piñuela” de 9.522 kWp de potencia pico y 8.500
kWn de potencia instalada y 25,14 ha de ocupación e infraestructura de evacuación subterránea de 45 kV, se encuentra comprendido en el anexo V, grupo 4 i), de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura; y se somete
a evaluación de impacto ambiental ordinaria, en aplicación del artículo 62. b) de la misma.
En dicha normativa se establece la obligación de formular declaración de impacto ambiental,
con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su
caso, autorización de las obras, instalaciones o actividades comprendidas en el citado anexo.
Visto el informe técnico de fecha 2 de noviembre de 2022, y en virtud de las competencias
que me confieren el artículo 71.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el artículo 4.1 d) del Decreto 170/2019, de 29
de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición
Ecológica y Sostenibilidad, se formula declaración de impacto ambiental favorable, a los solos
efectos ambientales, sobre la viabilidad de la ejecución del proyecto de instalación solar fotovoltaica “Piñuela” e infraestructura de evacuación de 9.522 kWp de potencia, a realizar en
el polígono 21, parcelas 1007 y 613 del término municipal de Cáceres, provincia de Cáceres,
cuyo promotor es Mururoa Solar, SL, siempre que su ejecución y explotación se lleve a cabo
con estricta sujeción a las medidas preventivas, correctoras y compensatorias recogidas en la
presente declaración de impacto ambiental, para la adecuada protección del medio ambiente
y los recursos naturales, lo que no exime al promotor de la obligación de obtener aquellas
otras autorizaciones sectoriales o licencias que sean necesarias para la ejecución del proyecto.
No obstante, ha de tenerse en cuenta que tras el dictado de la Sentencia 566/2021, de treinta de diciembre de 2021, por parte de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Extremadura (Procedimiento Ordinario 85/2021), y a la vista del
contenido de su fallo, en virtud del cual se anula la Resolución de 1 de diciembre de 2020,